- Fuente
-
actas_mesa
ir al original ↗ - Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:52
- Fecha del documento
- 2022-07-05
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez - Cómo se leyó
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A continuación, el Secretario de la Mesa, procede a la lectura del informe de
subsanación de la documentación administrativa relativa a la cláusula 10.A. del
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, emitido por el Departamento de
Contratación y firmado digitalmente con fecha 4 de mayo de 2022, del siguiente tenor
literal:
“Con fecha 22 de abril de 2022, tuvo lugar la sesión de la Mesa de Contratación, en la
que se abrió el sobre o archivo electrónico nº 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y
DOCUMENTACIÓN A EVALUAR MEDIANTE CRITERIOS QUE DEPENDA DE JUICIO DE
VALOR).
Con fecha 25 de abril de 2022, por el Departamento de Contratación, se emite informe de
calificación de documentación administrativa, resultando completa la aportada por los
interesados D. MIGUEL CERRO RICO, D. PEDRO MORENO IZQUIERDO, PRINTER BROK
2010, S.L., DÑA. ALICIA HERNANDO DELGADO, HEY AVENUE COMUNICACIÓN, S.L.,
DESCUBRE COMUNICACIÓN, S.L.U., TALENTO TRANSFORMACIÓN DIGITAL, S.L.,
GRÁFICAS LA PAZ, S.A. y XATÉLITE IDEAS Y TECNOLOGÍA, S.L.U.; por el contrario,
resultó incompleta la presentada por las mercantiles IMAGINA ANDALUCIA EXCLUSIVAS
DE PUBLICIDAD, S.L., CRISTINA CARRASCAL STUDIO, S.L.U., CINFO CONTENIDOS
INFORMATIVOS PERSONALIZADOS, S.L. y MADZEAL S.L., a quienes se cursaron el
correspondiente requerimiento de subsanación, con fecha 26 de abril de 2022.
Finalizado el plazo otorgado al efecto el 29 de abril de 2022, se constata que las mercantiles
CRISTINA CARRASCAL STUDIO, S.L.U., CINFO CONTENIDOS INFORMATIVOS
PERSONALIZADOS, S.L. e IMAGINA ANDALUCIA EXCLUSIVAS DE PUBLICIDAD, S.L.,
han dado cumplimiento al requerimiento de subsanación de deficiencias observadas en la
documentación administrativa, por lo que se propone a la Mesa de Contratación, la
ADMISIÓN de la proposición presentada por estas interesadas; por el contrario, en el caso de
la mercantil MADZEAL S.L., quien una vez rebasado el plazo otorgado al efecto y verificada la
ausencia de documentación en su integridad, se propone la INADMISIÓN de esta
proposición.
De este modo, la relación de empresas admisibles, sería la siguiente:
D. MIGUEL CERRO RICO
D. PEDRO MORENO IZQUIERDO
PRINTER BROK 2010, S.L.
DÑA. ALICIA HERNANDO DELGADO
HEY AVENUE COMUNICACIÓN, S.L.
DESCUBRE COMUNICACIÓN, S.L.U.
TALENTO TRANSFORMACIÓN DIGITAL, S.L.
GRÁFICAS LA PAZ, S.A.
5
Con qué se relaciona este documento
3 vínculos sin ambigüedad:
A28735496
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
B85873016
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
:2022-33
expediente
contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2022-33Contrato: Servicio seguro de oficina de la mancomunidad del sur
— AXA