- Fuente
-
actas_mesa
ir al original ↗ - Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 11:11
- Fecha del documento
- 2020-12-23
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez - Cómo se leyó
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- La dinámica que siguen los contratos basados en los acuerdos marco es simplificar
el procedimiento de adjudicación, reduciendo al máximo posible la carga
procedimental propia de otros procedimientos. Se trata, de un sistema de
simplificación administrativa y racionalización de la contratación que cumple con
todos los requerimientos aplicables a los Contratos Administrativos.
- Las normas generales aplicables a procedimientos abiertos que regula la LCSP en
sus artículos 131 y siguientes donde se establece la obligación de elaboración y
publicación del anuncio de licitación, así como pliegos y demás documentación
complementaria y otros trámites, no resultan de aplicación para los contratos
basados en acuerdos marco. Ello supone que la licitación para la adjudicación de
los contratos basados en un acuerdo marco siga un procedimiento muy sencillo y
diferenciado de los procedimientos abiertos, cuya regulación se encuentra tanto en
la propia LCSP como en los pliegos del acuerdo marco, que constituyen la “ley” del
acuerdo marco.
- Con respecto a la plataforma informática de la Central de Contratación:
La FEMP utiliza una plataforma de contratación análoga a la Plataforma de
Contratos del Sector Público.
En el pliego de prescripciones técnicas que rige el contrato para el
mantenimiento y gestión de esta plataforma informática, se establece que la
misma deberá garantizar que, a partir de la utilización de técnicas
criptográficas, nadie tendrá acceso a los documentos marcados por la ley
como cerrados hasta que llegue el momento de su apertura legal. La
Plataforma, deberá salvaguardar que los sobres se abren en los momentos
señalados al efecto y nunca con carácter previo. En relación con esto último,
indicar, que las empresas presentan sus ofertas mediante certificado
electrónico previamente validado por la plataforma y ajustado a normativa.
- En cuanto a la valoración de las ofertas:
La constitución de Mesa de Contratación en la tramitación de contratos
basados no es obligatoria, en tanto que este tipo de procedimientos no se
encuentra dentro de los contemplados en el artículo 326 de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los que sí resulta
preceptiva. A mayor abundamiento, el hecho de que únicamente se deban
valorar criterios sujetos a fórmulas y que la licitación se realiza de forma
electrónica abona más si cabe la innecesariedad de constituir Mesa de
Contratación, garantizándose en todo momento el secreto y seguridad de
las proposiciones.
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Con qué se relaciona este documento
6 vínculos sin ambigüedad:
A59913509
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
:2020-106
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2020-106Contrato: Suministro de trajes de intervención para el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Móstoles
— ITURRI, S.A.
:2020-111
expediente
contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2020-111:2020-112
expediente
contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2020-112:2020-21
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2020-21Contrato: Suministro de combustible destinado a vehículos de titularidad municipal, del Ayuntamiento de Móstoles.
— ESTACIONES DE SERVICIOS GUIPUZCOA, S.A.
:2020-96
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2020-96Contrato: Adquisición fondo bibliográfico y material audiovisual para las Bibliotecas Municipales
— ESPASA CALPE, S.A.