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Ayuntamiento de Móstoles
“... la oferta de la empresa INSIGNA UNIFORMES, S.L. ha quedado excluida de la valoración,
por no reunir los requisitos técnicos...
... Habiéndose apreciado valores desproporcionados en las ofertas económicas de la empresa
SAGRES, S.L. a los lotes 2 y 3 (pantalones y cazadoras) se le ha requerido para que informe al
respecto, aportando datos que pudieran justificar la cuantía de tales bajas porcentuales.
Asimismo, se requirió también a la empresa SUMINSTROS ESPECIALES MILTEC, S.L.,
informe al respecto de su oferta al lote 2 (pantalones); pero posteriormente, se comprobó que
dicho requerimiento se había formulado por error. No obstante, la oferta de esta empresa ha
quedado excluida de la valoración por motivos técnicos.
Al resultar las ofertas de la empresa SAGRES, S.L. la más ventajosa en los tres lotes, se le
requiere ampliación del informe emitido, en el que haga constar datos de su volumen de negocio,
así como de otros suministros anteriormente realizados por ella, con especial referencia a las
prendas de los lotes 2 (pantalones) y 3 (cazadoras).
A la vista de la documentación presentada por la empresa SAGRES, S.L., desde este servicio
se estima debidamente justificada la oferta realizada y, por consiguiente, viable la ejecución del
contrato, proponiéndola como adjudicataria.
Este informe queda condicionado a las consideraciones que realice la Mesa de Contratación.”
Visto el informe técnico anterior, los miembros presentes de la Mesa de Contratación
acuerdan, por unanimidad, excluir del procedimiento de referencia por no ajustarse las
características técnicas de las prendas al Pliego de Prescripciones Técnicas, a las siguientes
licitantes:
- Para el LOTE N* 2 a las mercantiles SUMINISTROS ESPECIALES MILTEC, S.L. e
INSIGNA UNIFORMES, S.L., y
- Para el LOTE N? 3 a la mercantil INSIGNA UNIFORMES, S.L.
Asimismo acuerdan, por unanimidad, proponer la adjudicación del presente
procedimiento a la mercantil SAGRES, S.L., según lo establecido en la Cláusula 14 del Pliego de
Prescripciones Administrativas Particulares, por presentar la oferta económicamente más
ventajosa, del porcentaje de baja única, aplicable a los precios máximo unitarios, de los artículos
contenidos en cada lote, siendo los siguientes: Lote n* 1 - 31,03% (treinta y uno con tres por
ciento) Lote n* 2 - 29,23% (veintinueve con veintitrés por ciento) Lote n* 3 — 29,84%
(veintinueve con ochenta y cuatro por ciento).
No existiendo más intervenciones, por el Sr. Presidente, se levanta la sesión siendo las
14:22 horas, extendiéndose de la misma la presente acta, de lo cual, yo, el Secretario, doy fe.
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VB" DEL PRESIDENTE EL SECRETARIO
D. FRANCISCO JAVIER BÓMEZ GÓMEZ D. FRANCISCO JAVIER CAMPOY CUBERO