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Ayuntamiento de Móstoles
1.- RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA DE LA SESIÓN.
Manifiesta por el Sr. Presidente la motivación de la urgencia de la sesión, reflejando que
esta sesión tiene carácter extraordinario y urgente, y por tanto será excepcionada del plazo
ordinario de convocatoria, que es de un día hábil según el acuerdo 6/415 de la Junta de
Gobierno Local de 23 de junio de 2015; asimismo, la urgencia de la convocatoria de esta
sesión viene motivada por los plazos perentorios de resolución de este expediente marcados
por la norma y en orden a garantizar la prestación objeto de este contrato.
Considerando lo dispuesto en los artículos 46.2b de la LBRL; Art. 79 del Reglamento de
Organización y funcionamiento de las Entidades Locales; Art. 83 del Reglamento Orgánico de
Móstoles y con la salvedad del Art. 51 del Real Decreto Legislativo781/86, de 18 de Abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen
Local, la Mesa de Contratación acuerda por unanimidad de los presentes, que constituye la
mayoría absoluta del número legal de miembros, aprobar el carácter urgente de la sesión.
2.- APERTURA SOBRE N* 2 (OFERTA ECONÓMICA Y EN SU CASO OTROS
CRITERIOS DE VALORACIÓN EVALUABLES MEDIANTE APLICACIÓN DE UNA
FÓRMULA) DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE
APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE BIENES DEMANIALES PARA LA INSTALACIÓN,
GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DE UN PARQUE INFANTIL DE NAVIDAD. EXPTE.
B029/FEST/2016-1 (16-098).
Se informa, por el Secretario de la Mesa que han sido admitidas seis ofertas a la
licitación. Así mismo, el Secretario de la Mesa, procede a la lectura de la Diligencia de
Subsanación emitida con fecha 25 de noviembre de 2016, por D. Javier Valero García, Técnico
de Administración General del Departamento de Contratación, y cuyo literal es el siguiente:
“Que se extiende para hacer constar que, una vez requeridos para subsanar la
documentación administrativa al amparo del Acuerdo de la Mesa de Contratación, adoptado en
sesión celebrada el 22 de noviembre de 2016, del procedimiento abierto para la CONCESIÓN
DEMANIAL PARA LA AUTORIZACIÓN, INSTALACIÓN, GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN
PARQUE INFANTIL DE NAVIDAD, resulta lo siguiente:
D. MARIANO DÍAZ PARAGA, D. JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y la mercantil
ESPECTÁCULOS GRUPO CERO, S.L., CUMPLIMENTAN el requerimiento de subsanación,
proponiéndose por tanto, la ADMISIÓN de dichos licitantes al referido procedimiento.
Por el contrario, D. VALENTÍN FOMBUENA SIMÓ, PURO EVENTO, S.L. y MAKIGRÚAS
MEJÍAS, S.L., NO SUBSANAN el mencionado requerimiento, motivo por el cual se propone a
la Mesa de Contratación, la INADMISIÓN en la presente licitación”.
Vista la Diligencia de Subsanación, los miembros asistentes a la Mesa de Contratación,
por unanimidad, acuerdan admitir a D. MARIANO DÍAZ PARAGA, D. JOSÉ ANTONIO
RODRÍGUEZ GONZÁLEZ y ESPECTÁCULOS GRUPO CERO, S.L., así como acuerdan
inadmitir a D. VALENTÍN FOMBUENA SIMÓ, PURO EVENTO, S.L. y MAKIGRÚAS MEJÍAS,
S.L., al no subsanar el requerimiento de documentación administrativa.