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De conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 12.A., del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, deberá aportar Declaración sobre el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, redactada conforme al ANEXO ll de
este pliego.
3. SANIVIDA SL.: Documentación INCOMPLETA. Deberá aportar la siguiente documentación:
De conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 12.A., del Pliego de Cláusulas
inistrativas Particulares, deberá aportar Declaración de empresas pertenecientes al
mismq grupo o encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del
Código, de Comercio. En caso de que la mercantil no pertenezca a ningún grupo de
empresas, deberá aportar, igualmente, una declaración en tal sentido.
VILLA [SALUTEN, S.L.: Documentación INCOMPLETA. Deberá aportar la siguiente
documentación:
nformidad con lo dispuesto en la Cláusula 12.A., del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, deberá aportar Declaración de empresas pertenecientes al
migmo grupo o encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del
| Código de Comercio. En caso de que la mercantil no pertenezca a ningún grupo de
mpresas, deberá aportar, igualmente, una declaración en tal sentido.
isto el meritado informe de calificación de la documentación administrativa presentada
por las mercantiles, por unanimidad de los miembros presentes de la Mesa de Contratación, se
acuerda requerir, a las licitantes ARQUISOCIAL, S.L., SACYR SOCIAL, S.L., SANIVIDA,
S.L. y VILLA SALUTEN, S.L., la documentación descrita anteriormente.
a APERTURA SOBRE N* 2 (OFERTA ECONÓMICA Y EN SU CASO OTROS
CRITERIOS DE VALORACIÓN EVALUABLES MEDIANTE APLICACIÓN DE UNA
FÓRMULA) PARA LA AUTORIZACIÓN DEMANIAL PARA LA INSTALACIÓN, GESTIÓN Y
EXPLOTACIÓN DE UN PARQUE INFANTIL DE NAVIDAD 2018. EXPTE. B029/FEST/2018/2.
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- En sesión no pública
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| Se informa, por el Secretario de la Mesa que han sido admitidas cinco ofertas a la
licit
ación. Así mismo, el Secretario de la Mesa, procede a la lectura del Informe de Subsanación
emifido con fecha 21 de noviembre de 2018, por D. Juan Diego Borreguero González, Técnico
de Administración General del Departamento de Contratación, cuyo literal es el siguiente:
“Cursado requerimiento de subsanación de deficiencias observadas en la documentación
administrativa presentada por la ASOCIACIÓN MADRILEÑA DE FERIANTES, efectuado al amparo del
Aol de la Mesa de Contratación, adoptado en sesión celebrada el 15 de noviembre de 2018, para la
autorización de referencia y dado que dicho requerimiento no ha sido cumplimentado en el plazo
otorgado a tal efecto, se estima procedente proponer a la Mesa de Contratación, el RECHAZO de la
proposición presentada por dicha Entidad. ”