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Puede tener errores, y por eso se enseña el escaneo al lado.
= Certificado en vigor de conformidad con normativa ISO 9001, de Sistema de
Gestión de Calidad, o equivalente.
Los órganos de contratación reconocerán los certificados equivalentes de garantía
de calidad, como de gestión ambiental que presenten los empresarios.
INFORME SUBSANACIÓN INCOMPLETA DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA EXPTE:
C/048/C0N/2019-69 MANTENIMIENTO DE MOTOCICLETAS DE LA POLICÍA LOCAL DE
MOSTOLES
La Mesa de Contratación en sesión celebrada el pasado día 20 de diciembre de 20109,
acordó en el marco de la licitación del expte. C/048/CON/2019-69 relativo al Mantenimiento de
Motocicletas de la Policía Municipal de Móstoles, requerir a la entidad BLAFERMOTOS, S.L.
ediante escrito de fecha 23 de diciembre de 2019, firmado por el Responsable de
ontratación, para la presentación de la declaración responsable en la que se comprometa a
arantizar el suministro de repuestos originales necesarios para los modelos objeto del
resente contrato, durante los cincos años de posible vigencia del mismo, así como el
certificado en vigor de conformidad con normativa ISO 9001, de Sistema de Gestión de
Calidad, o equivalente, todo ello al amparo de los previsto en el Pliego de Cláusulas
Administrativas (PCAP) y en el artículo 141 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamente Europeo y el Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Dentro del plazo habilitado al efecto, esto es, 27 de diciembre de 2019,
BLAFERMOTOS, S.L. no ha dado debido cumplimiento del requerimiento notificado.
Considerando que el plazo de 3 días hábiles concedido para la subsanación es el
previsto en la cláusula 19 del PCAP, en relación con el artículo del texto legal arriba referido, y
habida cuenta que se trata de una documentación preceptiva, a tenor de la propuesta emitida
por el servicio promotor que obra en el expediente, el Técnico que suscribe considera que a la
vista de la documentación administrativa aportada por BLAFERMOTOS, S.L., previo
requerimiento cursado al efecto, no se considera completa, entendiendo, por consiguiente,
procedente proponer su inadmisión.”
Visto los meritados informes de calificación y de subsanación, los miembros asistentes a
la Mesa de Contratación, por unanimidad, acuerdan admitir a la mercantil DIRBIKE, S.L. en el
presenta procedimiento; igualmente, acuerdan rechazar, la proposición presentada por la
licitante BLAFERMOTOS, S.L., al no haber dado debido cumplimiento al requerimiento de
subsanación.
A continuación, El Secretario de la Mesa procede a la lectura del informe técnico del
sobre 2 (Oferta económica y en su caso otros criterios de valoración evaluables mediante
aplicación de una fórmula) de la única licitante admitidas en el procedimiento de referencia,
suscrito por el Jefe de Policía Municipal, de fecha 9 de enero de 2020 y, cuyo resumen es el
siguiente:
“(...) 3,- VALORACIÓN OBJETIVA DE LAS OFERTAS: