Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Extraordinario del 14 de octubre de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-10-14
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
10 con texto de 10
Huella sha256 del fichero
3b7445798ca04efcdbe6c99a781bb86cbd40b725107807d46c4579b74b1705ff

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Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Examinado el procedimiento iniciado por la Concejalía de Hacienda referente al Proyecto de Modificación de Ordenanzas Fiscales. Se relatan los Antecedentes que figuran a continuación: Se han solicitado informes a las distintas Concejalías de este Ayuntamiento, se han elaborado las propuestas de modificación de las Ordenanzas Fiscales que se incorporan al expediente, explicándose y motivándose. El expediente de modificación de las Ordenanzas Fiscales requiere informe del Tribunal Económico-Administrativo, de la Secretaria General de este Ayuntamiento y de la Intervención General. El expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales precisa aprobación del proyecto de modificación por la Junta de Gobierno Local, Informe no vinculante del Consejo Social de la Ciudad, y acuerdo del Pleno del Ayuntamiento. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de septiembre de 2022 se aprueban los proyectos de modificación de las Ordenanzas Fiscales y se acuerda remitir dichos proyectos aprobados al Pleno para su tramitación y aprobación. La valoración jurídica de los antecedentes expuestos, es la siguiente: El expediente en tramitación se ajusta a lo exigido por los artículos 15 a 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El contenido material de las propuestas se formula al amparo de los artículos 20 y siguientes del Real Decreto- Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y de su normativa de desarrollo. .La competencia del Pleno para la aprobación y modificación de las Ordenanzas viene atribuida por el artículo 123 d) de lá Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Se PROPONE al Pleno de la Corporación, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias delegadas que tiene atribuidas, la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO: Aprobar provisionalmente modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales: e Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. e Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. e Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. Pleno - 14/10/22 Pág. 4/10

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.