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ORDEN DEL DÍA
1/53.- PUNTO ÚNICO.- SORTEO PARA LA DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE LAS
MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES Y A LA ASAMBLEA
DE MADRID, DE 27 DE MAYO DE 2007. –
Vista la propuesta de resolución formulada por el Técnico de Administración Local del
Departamento de Registro y Estadística y elevada al Pleno por el Concejal Delegado de Hacienda y
Recursos Humanos, del siguiente contenido literal :
“Una vez tramitadas las actuaciones preparatorias del expediente de referencia, el técnico
que suscribe formula la siguiente propuesta de resolución.
Expediente
Asunto: Designación de miembros de mesa a las elecciones municipales y autonómicas de 27
de mayo de 2.007
Interesado:
Procedimiento: Sorteo público.
Fecha de iniciación: 28 de abril de 2007 .
Visto el procedimiento anteriormente referenciado y considerando que el artículo 26 de la
Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General atribuye a los Ayuntamientos la
formación de las Mesas Electorales, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona. En su
apartado 4º dicho artículo establece que la designación de miembros de las Mesas deberá de
hacerse por sorteo público que se realizará entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno
posteriores a la convocatoria.
Considerando que la nueva aplicación informática de designación de miembros de mesa, es
necesario adoptar un nuevo sistema de sorteo del aprobado en su día por la Corporación en Pleno
de fecha 17 de Mayo de 1.999, en base a los siguientes criterios:
- Se parte de la previa división del número de electores incluidos en el correspondiente
Distrito y Sección, del cual se forma dos grupos de posibles vocales y posibles presidentes,
atendiendo a los criterios de designación establecidos en el art. 26 de la LOREG.
- A continuación se procede al sorteo de 3 números al azar, correspondiendo el primero de
ellos al Presidente de Mesa, el 2º al Primer vocal y el 3º al Segundo vocal, números que se
utilizarán para todas las secciones del Municipio.
- Finalmente, se procede a determinar los miembros de las Mesas en cada sección,
identificados por el número de elector correspondiente, a partir del primer número extraído
con una frecuencia de treinta .
- En aquellos supuestos en que el elector designado como miembro de Mesa ( Titular, Primer
suplente o Segundo suplente ) esté dado de baja en el Padrón Municipal por alguno de los
supuestos previstos en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial , se
procederá de oficio a designar al siguiente elector del grupo de posibles formalizada
inicialmente.
Visto lo anteriormente expuesto, se propone la designación de miembros de las Mesas
electorales en las elecciones Municipales y Autonómicas de 27 de Mayo de 2007, conforme a los
criterios arriba señalados.
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Pleno 28.4.07