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establecidos en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y en la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Se hace el llamamiento a D. FRANCISCO JAVIER PELAZAS MEDRANO para
tomar posesión del cargo, mediante su promesa, quien previa comprobación de identidad, formula
promesa de su nuevo cargo, dándole acto seguido el Sr. Alcalde, en funciones, posesión de dicho
cargo e imponiéndole la Medalla de la corporación.
2/ 2.- ELECCIÓN DE ALCALDE Y TOMA DE POSESIÓN DEL
CARGO.
El artículo 198 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral
General dispone que la vacante en la Alcaldía se resuelve conforme a lo previsto en el artículo
196, considerándose a estos efectos que encabeza la lista en que figuraba el Alcalde el siguiente
de la misma, a no ser que renuncie a la candidatura.
Dicho artículo 196 establece que “….se procede a la elección de Alcalde, de
acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) Pueden ser candidatos todos los Concejales que encabecen sus correspondientes listas.
b) Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales es
proclamado electo.
c) Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde el Concejal que
encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el
correspondiente Municipio. En caso de empate se resolverá por sorteo”.
Seguidamente se pregunta a los Sres. Concejales que encabezan sus
correspondientes listas si se presentan como candidatos a la elección de Alcalde.
Presentándose como candidatos, D. Daniel Ortiz Espejo (por la lista del Partido Popular) y D.
Francisco David Lucas Parrón (por la lista del Partido Socialista Obrero Español).
Seguidamente se procede a la votación nominal, como en anteriores elecciones.
A estos efectos, el Secretario General llamó a cada uno de los Concejales por el
orden señalado en el Acta de Proclamación para que procedan a emitir su voto.
Terminada la votación nominal, el Secretario anuncia los votos emitidos:
D. DANIEL ORTIZ ESPEJO, que encabeza la lista presentada por el Partido
Popular, diecisiete votos, correspondiendo a los Concejales del mismo Partido.
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