- Fuente
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ir al original ↗ - Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:04
- Fecha del documento
- 2025-02-21
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón - Cómo se leyó
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Aplicando el art. 85.4 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la LCSP, de acuerdo a los siguientes cálculos, no se
aprecian valores en presunción de anormalidad entre las ofertas presentadas, por lo
que no es de aplicación el art. 149 de la LCSP.
Media aritmética de las ofertas presentadas: 455.627,54 €
Inferiores en más de 10 unidades porcentuales: 410.064,79 €
Superiores en más de 10 unidades porcentuales: 501.190,29 €
2. Los criterios de adjudicación específicos para determinar el desempate en los
supuestos de empate entre dos o más ofertas serán aquellos regulados por el art. 147
de la LCSP. Al no haber supuesto de empate entre las ofertas presentadas, no se aplica
el mencionado artículo.
3. De acuerdo a los criterios económicos (como máximo 45 puntos), recogidos en la
cláusula 15 del PCAP, se ponderará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación (X) = puntuación obtenida por la
PL – OV empresa
Puntuación (X) = 45
45 = nº máximo de puntos a asignar
PL – OB PL = precio de licitación
OV = oferta a valorar
OB = oferta más baja
4. De acuerdo a los criterios cualitativos valorables por mejoras del servicio (máximo
30 puntos), se ponderará según el artículo 22 del Convenio en el que se apoya este
pliego, en el que se considera que la prestación a cubrir por cada profesional es de 144
horas al mes (72 horas al mes, media jornada).
Las mejoras a observar son las siguientes:
PUNTUACIÓN
CONCEPTO
MÁXIMA
1. ATENCIÓN PSICOLÓGICA A USUARIAS Y PERSONAS DEPENDIENTES DE
LA MISMA:
Se valorará el compromiso de la entidad adjudicataria de ampliar la
atención psicológica requerida en este pliego en:
- 6 HORAS AL MES
……………………………………………………………..……………. 3
6
- 10 HORAS AL
MES………………………………………………………………..…………
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Con qué se relaciona este documento
7 vínculos sin ambigüedad:
A61797536
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
A95758389
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
B78567799
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
:2024-174
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2024-174Contrato: Servicio de gestión de un centro de emergencia para mujeres víctimas de violencia de género, sus hijos y personas dependientes del Ayuntamiento de Móstoles
— Asociación Punto Omega
:2024-212
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2024-212Contrato: Suministro de gas natural en edificios municipales de la ciudad de Móstoles
— GAS NATURAL COMERICIALIZADORA SA
:2024-213
expediente
contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2024-213:2024-252
expediente
contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2024-252Contrato: Servicio de alquiler e instalación de cabinas químicas WC, módulos sanitarios WC y módulos diáfanos destinados a las fiestas a celebrar en el Municipio de Móstoles.