- Fuente
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actas_mesa
ir al original ↗ - Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:13
- Fecha del documento
- 2024-09-10
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón - Cómo se leyó
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Se procede, por el Secretario de la Mesa a la lectura del informe de subsanación de la
documentación administrativa relativa a la cláusula 14ª del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, emitido por el Departamento de Contratación y fechado
digitalmente el 23 de agosto de 2024, del siguiente tenor literal:
“Con fecha 13 de agosto de 2023, tuvo lugar la sesión ordinaria de la Mesa de Contratación,
en la que se realizó la calificación de la documentación administrativa incluida en el sobre o archivo
electrónico único de la licitación. Los miembros de la mesa acordaron calificar la documentación
presentada por la UTE EVENTFY EVENTOS Y FORMACIONES DIGITALES, S.L. Y ALOS OXAL 2007,
S.L como incompleta, debiéndose aportar la siguiente documentación :
1º). Declaración Responsable (artículos 140.1.a) y 159.4.c) de la LCSP), conforme al ANEXO I
del presente Pliego. (respecto de la segunda mercantil que concurre en la UTE)
3º). Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas: En los casos
en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal, se aportará la Declaración
responsable prevista en el número 1º anterior por cada uno de ellos y aportarán, además, un
documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan
a constituir aquella Unión Temporal de Empresas. Este último documento deberá ir firmado por el
representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan
representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la
participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE.
7º) Documentación acreditativa de estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro
Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. De ambas empresas que concurren en UTE.
De conformidad con lo anterior, el requerimiento de subsanación de las deficiencias observadas
fue debidamente cursado con fecha 14 de agosto de 2024, concediéndose, de conformidad con lo
dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante
LCSP) , un plazo de tres días hábiles desde el envío del mismo para cumplimentarlo.
A la finalización del plazo concedido para la subsanación, la citada mercantil ha cumplimentado
correctamente el requerimiento de subsanación de las deficiencias observadas por lo que se propone
a la mesa de contratación la ADMISIÓN de la UTE EVENTFY EVENTOS Y FORMACIONES
DIGITALES, S.L. Y ALOS OXAL 2007, S.L..”
Visto el meritado informe de subsanación de la documentación administrativa, la Mesa,
por unanimidad sus miembros, acuerda admitir, en el procedimiento de referencia, la
proposición presentada por la UTE EVENTFY EVENTOS Y FORMACIONES DIGITALES, S.L.
Y ALOS OXAL 2007, S.L.
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Con qué se relaciona este documento
7 vínculos sin ambigüedad:
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el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
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el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
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— ATE ILUMINACION, S. L.
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el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
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el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
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