- Fuente
-
actas_mesa
ir al original ↗ - Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:16
- Fecha del documento
- 2024-07-16
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón - Cómo se leyó
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firmado digitalmente el 8 de julio de 2024 y relativo a la valoración de la oferta
económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas, correspondiente al sobre o
archivo electrónico único, cuyo resumen es el siguiente:
“La Técnico de Cultura, vista la documentación presentada por las empresas Gerardo Orvich
y Supernova Asistencias S.L.U. en el archivo electrónico único donde se incluye el documento
de la oferta económica y otros criterios evaluables mediante fórmulas, informa que:
La Mesa de Contratación, en la sesión celebrada el pasado 25 de junio de 2024 procedió a la
apertura del Sobre o Archivo Electrónico Único de este procedimiento.
En esta sesión se comprobó que la licitadora Gerardo Orvich presentó una oferta donde la
diferencia de las bajas entre las dos empresas presentadas a la licitación es de 29 puntos
porcentuales, por lo que se considera desproporcionada la oferta presentada al superar los 20
puntos.
Por esta razón y en virtud de lo dispuesto en el Art. 149.4 de la LCSP, se requiere a la empresa
que, en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la recepción de la comunicación, se remita
la justificación y razonamiento en detalle del bajo nivel de los precios.
Procedan a la justificación de la oferta y precisen las condiciones de la misma, en particular,
en lo que se refiere a los siguientes valores:
a) El ahorro que permita el procedimiento de fabricación, los servicios prestados o el
método de construcción.
b) Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de
que disponga para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras.
c) La innovación y originalidad de las soluciones propuestas, para suministrar los
productos, prestar los servicios o ejecutar las obras.
d) El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social
o laboral, y de subcontratación, no siendo justificables precios por debajo de mercado
o que incumplan lo establecido en el Art. 201.
e) O la posible obtención de una ayuda de Estado.
Con fecha 4 de julio de 2024, la empresa Gerardo Orvich presenta respuesta al requerimiento
de viabilidad, donde justifica la bajada de su oferta en base a:
a) El ahorro de los servicios prestados como consecuencia de reducir el coste en los
medios humanos, que corren a cuenta de su propia familia y él mismo.
b) Las condiciones excepcionalmente favorables al disponer de los recursos materiales
sin necesidad de realizar gasto alguno; así como la reducción del coste en el
transporte e instalación de la infraestructura por la escasa distancia hasta la ubicación
del servicio a prestar.
A la vista de la información justificativa proporcionada por la licitadora Gerardo Orvich en el
requerimiento, a juicio de la Técnico de Cultura que suscribe, la reducción en los costes de
recursos humanos y materiales explican la oferta económica con importes inferiores a los
calculados en el informe del valor estimado del contrato, por esta razón es admitida su
justificación, si así fuera considerado por el órgano de contratación.
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Con qué se relaciona este documento
2 vínculos sin ambigüedad:
:2024-49
expediente
contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2024-49Contrato: Obras de reparacion de 4 viviendas
— Marco Antonio Pardo Cueva
:2024-92
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2024-92Contrato: Contrato de servicio de mantenimiento de 6 campos de fútbol 11 de hierba artificial ubicados en diferentes instalaciones de la Concejalía de Deportes y un campo de fútbol 7 ubicado en el Parque Liana
— OBRAS Y PAVIMENTOS ESPECIALES, S.A