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- Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:45
- Fecha del documento
- 2022-11-15
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
- Cómo se leyó
-
texto propio del PDF
- Páginas
- 14 con texto de 14
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5.- Solvencia económica, financiera y técnica
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos que se
relacionan en la cláusula 9 del Presente Pliego:
9.1.- LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DEL EMPRESARIO PODRÁ ACREDITARSE
POR UNO DE LOS MEDIOS SIGUIENTES
a). Volumen anual de negocios en el ámbito de la gestión
de obras de edificación por un importe mínimo de Aportado
1.000.000 € de la sociedad licitadora o de las empresas
que avalen la licitación en el último ejercicio.
b).- Justificante de la existencia en la actualidad de un
seguro de indemnización por riesgos profesionales por
No necesario
importe igual o superior a 1.000.000 € que se considera el
importe mínimo anual de inversión.
c).- Patrimonio neto o bien ratio entre activos y pasivos, al
cierre del último ejercicio económico para el que esté
vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por
No necesario
importe igual o superior al 1.000.000 € del importe mínimo
considerado anual de la sociedad licitadora o de las
empresas que avalen la licitación.
9.2.- EN CUANTO A LA SOLVENCIA TÉCNICA DEL EMPRESARIO DEBERÁ ACREDITAR
LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
a).- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los
últimos tres años, acreditadas las más importantes,
estas acreditaciones indicarán el importe, las fechas y
el lugar de ejecución de las obras o promociones Aportado
realizadas, con un importe mínimo de 5.000.000 € de la
sociedad licitadora o de las empresas que avalen la
licitación, al menos en uno de los 3 años.
b). Relación de los principales servicios o trabajos
realizados en los últimos tres años de experiencia en la
Aportado
gestión en el sector de la edificación de la sociedad
licitadora o de las empresas que avalen la licitación.
9.3.- SOLVENCIA DE OTRAS ENTIDADES
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un
contrato determinado, el empresario podrá basarse en la
solvencia y medios de otras entidades.
Independientemente de la naturaleza jurídica de los
vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que No necesario
durante toda la duración de la ejecución del contrato
dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la
entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición
de contratar, siendo de aplicación a estos efectos lo
9
Con qué se relaciona este documento
3 vínculos sin ambigüedad:
B83995175
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
:2022-4
expediente
contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2022-4
Contrato: Coordinación de Seguridad y Salud en fase de obra para dos proyectos de adecuación de solares para aparcamientos en superficie en Móstoles.
— ELIZALDE INGENIERÍA Y PREVENCIÓN, S.L.
:2022-76
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2022-76
Contrato: Remodelación Integral de Pista Deportiva, en la calle Carcavilla, en el municipio de Móstoles.
— TRENTO ARQUITECTURA, S.L.
Ambiguos — se enseñan marcados, no se esconden
La clave casa con varios contratos y no
hay forma de decidir cuál. Ocultarlos sería mentir por omisión; elegir uno sería
afirmar sin saber.
:2022-1
ambiguo · 2 candidatos
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: casa con 2 contratos, sin forma de desambiguar · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
:2022-3
ambiguo · 2 candidatos
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: casa con 2 contratos, sin forma de desambiguar · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)