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Ayuntamiento de Móstoles
La puntuación total (criterios económicos + criterios evaluables técnicos — cualitativos) obtenida
por cada una de las empresas es la siguiente:
Empresa licitadora PUNTUACIÓN
Espectáculos Marisma S.L. 60,00
Inversiones Chinchón S.L. 85,00
Tras la apertura del sobre o archivo electrónico y en la misma sesión la mesa procederá a
comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está
debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta,
ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y
no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad
de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro a que alude
el inciso final de la letra a) del apartado 4 de este artículo, la mesa requerirá al licitador para que
justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en
este número.
Comprobado el ROLECE de la empresa licitadora propuesta como adjudicataria CHINCHON
INVERSIONES S.L se comprueba que el objeto social es el siguiente: “1.- Explotación del negocio
de Hostelería, bar, restaurante, pubs, discotecas. 2.- La promoción y construcción, pos cuenta
propia o de terceros, de edificaciones y obras. 3.- La compraventa de bienes inmuebles y su
arrendamiento o explotación en cualquier forma, excepto el arrendamiento financiero o leasing. 4.-
La parcelación y urbanización de terrenos y la promoción, desarrollo y ejecución planeamientos
urbanísticos”.
El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público se crea en
cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo | del Título 1! (Registros Oficiales) de la Ley 30/2007, de
30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y está regulado en la actualidad por los artículos
337 a 345 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español la Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Los empresarios pueden inscribir en él los datos de personalidad y capacidad de obrar,
autorizaciones y habilitaciones, solvencia y clasificación empresarial, a los que se refiere el artículo
339 de la Ley, y sus certificados acreditan frente a todos los órganos de contratación del sector
público, a tenor de lo en ellos reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del
empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación
profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la
concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
Teniendo en cuenta lo anterior, hay que indicar que la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 establece
que solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de
contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en
que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Asimismo, se indica en el art. 66 de la citada ley que: “1. Las personas jurídicas solo podrán ser
adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o
ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios”. En el
mismo sentido, el artículo 140.1 a) de ña referida norma indica: “En relación con la presentación de
la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, se observarán las reglas
establecidas a continuación: a) Las proposiciones en el procedimiento abierto deberán ir
acompañadas de una declaración responsable que se ajustará al formulario de documento europeo