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Puede tener errores, y por eso se enseña el escaneo al lado.
... En base a la documentación presentada por la empresa HORMIGONES JOSÉ LUIS
HOLGADO E HIJOS, S.L., la citada no justifica adecuadamente que su oferta pueda ser
cumplida, no quedando suficientemente acreditado que pueda ejecutar las obras en el precio
ofertado de todas las unidades del proyecto, y tampoco queda suficientemente acreditado que
se cumplan los costes de mano de obra legales en materia laboral. Asimismo, en los estudios
que se han realizado, se han considerado datos parciales y las partidas más favorables para
justificar que puedan tener beneficios.
Por todo lo expuesto anteriormente, se propone sea excluida de la valoración y
posterior clasificación de todas las ofertas admitidas la empresa HORMIGONES JOSÉ LUIS
HOLGADO E HIJOS, S.L.
... En base a la documentación presentada por la empresa OBRAS, CAMINOS Y
ASFALTADOS, S.A., la citada no justifica adecuadamente que su oferta pueda ser cumplida,
no quedando suficientemente acreditado que pueda ejecutar las obras en el precio ofertado de
todas las unidades del proyecto, y tampoco queda suficientemente acreditado que se cumplan
los costes de mano de obra legales en materia laboral.
Por todo lo expuesto anteriormente, se propone sea excluida de la valoración y
posterior clasificación de todas las ofertas admitidas la empresa OBRAS, CAMINOS Y
ASFALTADOS, S.A.
... En base a la documentación presentada por la empresa OBRAS, PAVIMENTOS E
INSTALACIONES INDUSTRIALES, S.L., la citada no justifica adecuadamente que su oferta
pueda ser cumplida, no quedando suficientemente acreditado que pueda ejecutar las obras en
el precio ofertado de todas las unidades del proyecto, y tampoco queda suficientemente
acreditado que se cumplan los costes de mano de obra legales en materia laboral.
Por todo lo expuesto anteriormente, se propone sea excluida de la valoración y
posterior clasificación de todas las ofertas admitidas la empresa OBRAS, PAVIMENTOS E
INSTALACIONES INDUSTRIALES, S.L.”
Visto el informe técnico de valoración de proposiciones económicas desproporcionadas
anterior, los miembros presentes de la Mesa de Contratación acuerdan, por unanimidad,
proponer a la Junta de Gobierno Local la exclusión del procedimiento de referencia como
consecuencia de la inclusión en sus ofertas económicas de valores anómalos, en base a lo
dispuesto en la Cláusula 10 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares a las
siguientes licitantes:
- HORMIGONES JOSÉ LUIS HOLGADO E HIJOS, S.L.
- (OBRAS, CAMINOS Y ASFALTADOS, S.A.
- OBRAS, PAVIMENTOS E INSTALACIONES INDUSTRIALES, S.L.”