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7.- Uniones temporales de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión No es necesario No es necesario No es necesario
temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y
cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la
presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario
en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la
constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del
compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en
caso de resultar adjudicatarios y la designación de un
representante o apoderado único de la unión con poderes
bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones
que de la concesión se deriven. El citado documento deberá estar
firmado por los representantes de cada una de las empresas que
componen la unión.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y
financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se
acumularán las características acreditadas para cada uno de los
integrantes de la misma. En el supuesto de que la conexión se
adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará
su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a
dicha unión antes de la formalización de la concesión. La duración
de la unión será coincidente con la de la concesión, hasta su
extinción
8.- Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de No es necesario No es necesario No es necesario
someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales
españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de
modo directo o indirecto pudieran surgir de la concesión, con
renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera
corresponderles.
9.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo entendiéndose
Se requiere. No Se requiere. No Se requiere. No
por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del
aportado aportado aportado
artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas
proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación,
deberán presentar declaración en la que hagan constar esta
condición.
También deberán presentar declaración explícita, respecto de los
En su caso, se En su caso, se En su caso, se
socios que la integran, aquellas sociedades que, presentando
requiere. No requiere. No aportado requiere. No aportado
distintas proposiciones, concurran en algunos de los supuestos
aportado.
alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de
Comercio.
10.- Documento en el que se señale la dirección de correo
electrónico del licitador a efectos de notificaciones.
Reseña de un correo electrónico junto con declaración expresa de Aportado Aportado Aportado
aceptación por parte del licitador, de dicho medio, a efectos, en su
caso de notificaciones. Los licitadores deberán asegurarse que la
dirección de correo electrónico facilitada en este sobre coincide
con la consignada en la plataforma VORTAL de contratación
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