- Fuente
-
actas_mesa
ir al original ↗ - Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:38
- Fecha del documento
- 2022-12-16
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez - Cómo se leyó
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“Definitiva: de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.1 y 3 de la LCSP, el licitador
que haya presentado la mejor oferta deberá constituir garantía del 5% del presupuesto
base de licitación, excluido el IVA”.
Puede apreciarse que el PCAP no prevé este método para prestar la garantía definitiva
por lo que el documento presentado por la mercantil ALASA CATERING, S.L. no puede
considerarse conforme a lo establecido en el PCAP.
La imposibilidad de acceder a lo solicitado fue puesta en conocimiento de la licitadora a
través de correo electrónico de fecha 25 de noviembre de 2022, sin que, a día de la fecha,
la licitadora se haya pronunciado a este respecto.
CUARTO. - Como se señaló en el antecedente cuarto, en el requerimiento de
documentación realizado con carácter previo a la adjudicación, de 4 de noviembre de
2022, se señalaba, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 150.2 LCSP que “de no
cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que
el licitador ha retirado su oferta”.
Dicho artículo, en conjunción con lo dispuesto en el 109.1 LCSP, determinan que cuando
el licitador que haya presentado la mejor oferta no constituya la garantía definitiva por
causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor,
procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA
excluido, en concepto de penalidad.
En su tercer y último párrafo el artículo 150.2 LCSP concluye: “En el supuesto señalado en
el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente,
por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas”.
Dicho orden, según el informe de valoración de las ofertas emitido por el servicio promotor
de la contratación con fecha 19 de octubre de 2022, y hecho suyo por la mesa en sesión
de 25 de octubre de 2022, la segunda puntuación más alta corresponde a la mercantil
MILHISTORIAS, S.L.
Por tanto, visto lo anterior y salvo mejor criterio fundado en Derecho, se estima
conveniente la adopción, por parte de la Mesa de Contratación, de los siguientes
acuerdos:
PRIMERO. - Quedar enterada del incumplimiento de ALASA CATERING, S.L. respecto de
la prestación de garantía definitiva estipulada en la cláusula 10ª del PCAP y en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 150.2 LCSP entender que el licitador ha retirado su oferta.
SEGUNDO. - Proponer al Órgano de Contratación, siguiendo el orden de clasificación de
las ofertas, previo requerimiento de la documentación preceptiva, la adjudicación en favor
de la mercantil MIL HISTORIAS, S.L. (B84024009) en base a la oferta presentada
consistente en:
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Con qué se relaciona este documento
2 vínculos sin ambigüedad:
:2021-38
expediente
contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2021-38Contrato: Coordinación de seguridad y salud para la fase de obras del proyecto de adaptación a local polivalente de la sala de reunión en el centro de la tercera edad "La Princesa".
— JAVIER CORTINA ISIDRO
:2022-197
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía:
2022-197Contrato: Servicio de inserción social de las personas en situación de exclusión social.
— BCM Gestión Servicios, S.L