Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Acta Mesa de Contratación 23/09/2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
actas_mesa
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Tipo
ACTA · PDF
Capturado
2026-07-22 10:45
Fecha del documento
2022-09-23
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
20 con texto de 20
Huella sha256 del fichero
dee2ed1fb68059886bb0f8786bca433554287d34cbcac9551e4645039f6191f5

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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3. Las prohibiciones de contratar contempladas en las letras a) y b) del apartado primero del artículo 71 producirán efectos desde la fecha en que devinieron firmes la sentencia o la resolución administrativa en los casos en que aquella o esta se hubieran pronunciado sobre el alcance y la duración de la prohibición. En el resto de supuestos, los efectos se producirán desde la fecha de inscripción en el registro correspondiente.” A la vista de la regulación de esta causa de prohibición, la misma no puede ser apreciada directamente por los órganos de contratación al tiempo de la tramitación del procedimiento de contratación, sino que requiere de un procedimiento separado instruido al efecto, en el que tras su oportuna tramitación conforme a la normativa que lo regule, será el órgano de contratación quien determinará la apreciación en su caso de la causa, así como el alcance y la duración de la prohibición para contratar. CUARTO. - El órgano competente para la apreciación de la existencia de la causa de prohibición prevista en este caso en el apartado d, del art. 71.1 de la LCSP, es la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo previsto en el apartado 4º de la Disposición Adicional Segunda de la LCSP, al ser aplicable al municipio de Móstoles el régimen especial de Municipios de Gran Población, regulado en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. En cuanto a las funciones de la Mesa de contratación conforme a lo dispuesto en el art. 159.4. f) de la LCSP establece en su apartado 3º: f) En todo caso, la valoración a la que se refiere la letra anterior deberá estar efectuada con anterioridad a la apertura del sobre o archivo electrónico que contenga la oferta evaluable a través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. Tras la apertura del sobre o archivo electrónico y en la misma sesión la mesa procederá a: (…) 3.º Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar. Si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro a que alude el inciso final de la letra a) del apartado 4 de este artículo, la mesa requerirá al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados en este número. Por su parte el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, dispone en su art. 22.1.b): “1. Sin perjuicio de las restantes funciones que le atribuyan la Ley de Contratos del Sector Público y sus disposiciones complementarias, la mesa de contratación desempeñará las siguientes funciones en los procedimientos abiertos de licitación: (…) b) Determinará los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por no acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares”. Por tanto, visto lo anterior y salvo mejor criterio fundado en Derecho, se estima conveniente la adopción, por parte de la Mesa de Contratación, del siguiente acuerdo: “PRIMERO. - Quedar enterada de la situación de incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la mercantil HELVETIA COMPAÑÍA SUIZA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS., por constar la existencia de deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Móstoles. 18

Con qué se relaciona este documento

7 vínculos sin ambigüedad:

A28007748 empresa contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
:2020-3 expediente contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2020-3
Contrato: Servicio de mantenimiento integral de las instalaciones de extinción, detección de incendios y detección de monóxido CO de los inmuebles propiedad de IMS — FERMALUX SL
:2020-87 expediente contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2020-87
Contrato: Obras Acondicionamiento del vial Avda. Carlos V, entre la calle Veracruz y la calle Simón Hernández, Móstoles (Madrid).
:2021-121 expediente contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-121
Contrato: Contratación Póliza de Seguro todo riesgo de daños materiales Ayuntamiento Mostoles
:2021-123 expediente contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-123
Contrato: Servicio de control de la calidad del agua de consumo humano en el municipio de Móstoles. — LABAQUA, S.A.U
:2021-21 expediente contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-21
:2021-86 expediente contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-86
Contrato: Servicio de Limpieza de Centros Educativos del Ayuntamiento de Móstoles, por lotes — LIMPIEZAS CAMACHO, S.L.