Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno extraordinario y urgente el 20 de noviembre de 2023

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2023-11-20
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
24 con texto de 24
Huella sha256 del fichero
76590410e0dc7490d430059d6d8ff35be551fa91843d210305a5cf5541ad5287

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Primero.-- Como consecuencia de mayores gastos que se prevén realizar para este este ejercicio económico, para los que no existe crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación o el que existe es insuficiente, se hace preciso por esta entidad llevar a cabo una modificación de créditos n. 2 H004/DGP/2023-33 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito - crédito extraordinario, financiado con el Remanente Líquido de Tesorería de la liquidación presupuestaria del ejercicio 2022. Segundo. La Concejalía cuyo programa presupuestario está afectado por esta modificación han formulado la solicitud en las que justifican el carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. Tercero.- Con fecha 3 de noviembre de 2023 se emite Informe- Propuesta del Director General de Presupuestos y Contabilidad. Cuarto.-- Con fecha 6 de noviembre de 2023 se emite Informe del Interventor valorando favorablemente la propuesta. La Valoración Jurídica de los hechos expuestos es la siguiente: Primero.— El artículo 177.1 del TRLRHL dispone que "cuando haya de realizarse algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista en el presupuesto de la corporación crédito o sea insuficiente o no ampliable el consignado, el presidente de la rporación ordenará la incoación del expediente de concesión de rédito extraordinario, en el primer caso, o de suplemento de crédito, n el segundo.” gundo.-- En el presente expediente se da el supuesto previsto para la aprobación de una modificación de crédito en su modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito ya que constan informes de las distintas Concejalías solicitantes en los que se justifica la propuesta de Modificación de Créditos n* HO04/DGP/2023-33, Tercero. El detalle de las aplicaciones presupuestarias y los importes de los créditos extraordinarios y suplementos de crédito es el siguiente: Aplicación Suplemento de | Créditos Proyecto presupuestaria ¡ Denominación créditos extraordinarios | de gasto Deuda pública a L/P 10/0111/91300 | fuera del Sector Público 5.000.000,00 0,00 " 5.000.000,00 0,00 5.000.000,00 Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su Pieno - 20/11/23 Pág. 4/24

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.