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La designación de los representantes citados se hará con sujeción al siguiente
procedimiento:
1. El Alcalde o, en su caso, el Concejal en quien hubiese delegado la presidencia,
dirigirá escrito al representante legal de cada una de las dos organizaciones empresariales
mas representativas, en el Municipio de Móstoles, en el ámbito de actividad del Consejo
Sectorial.
2. En el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la recepción de dicho escrito,
se presentará en el registro general del Ayuntamiento escrito del representante legal de cada
una de las dos organizaciones empresariales citadas, acompañado de certificación
acreditativa del nombramiento del designado por el órgano competente de la organización
empresarial.
g) Hasta un máximo de siete vocales, designados uno por cada una de las entidades
sectoriales con mayor representatividad en Móstoles, afectadas por el ámbito de actuación
del Consejo, siempre que las mismas estén inscritas en el Registro Municipal de
Asociaciones.
La designación de los siete vocales citados se hará con sujeción al siguiente procedimiento:
1. El Alcalde o, en su caso, el Concejal en quien hubiese delegado la presidencia,
dirigirá escrito al Presidente de las siete entidades, si las hubiera (inscritas en el Registro
Municipal de Asociaciones), cuyos fines y actividades sean las específicas del ámbito de
actuación del Consejo Sectorial, que cuenten con mayor número de socios acreditados. A
tales efectos se tendrá en cuenta el número de socios que a fecha del 22 de Mayo de 2011
debidamente acreditado en el referido Registro.
2. En el plazo de los quince días hábiles siguientes al de la recepción de dicho escrito,
se presentará en el registro general del Ayuntamiento escrito del Presidente de la entidad,
acompañado de certificación acreditativa del nombramiento del designado por el órgano
competente de dicha entidad.
h) Dos técnicos pertenecientes a la Concejalía de adscripción del Consejo Sectorial; cuyos
técnicos serán designados por Decreto de la Alcaldía, a propuesta del Concejal responsable
de la Concejalía a la que esté adscrito el Consejo Sectorial.
i) Un experto designado por el Presidente. Dicha designación se efectuará por Decreto.”
CUARTO.- Dar cuenta de esta resolución a los interesados así como a los servicios
municipales pertinentes”.
La Corporación Pleno, por unanimidad, acuerda la aprobación del proyecto de
acuerdo anteriormente transcrito.
PLENO.13/07/2011
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