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- PLENO · PDF
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- 2026-07-22 08:44
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a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya
adoptado.
b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen
local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda.
2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor el mismo día de su publicación en
la forma señalada en el punto anterior.
3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida.”
Se PROPONE al Pleno
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye
el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y
el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal, se propone la adopción de la siguiente.
Primero: Aprobación definitiva del PLAN ESPECIAL AVENIDA CAMARA DE LA INDUSTRIA
4, MOSTOLES, MADRID del polígono industrial de Arroyomolinos para la autorización como
uso compatible en edificio exclusivo de restaurante sin espectáculo en la parcela
anteriormente descrita.
Segundo: Remisión del anuncio correspondiente al Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid”.
Visto el Dictamen de la Comisión de Desarrollo de la Ciudad de fecha 8 de julio 2011,
en sentido favorable.
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación,
que constan en el correspondiente Diario de Sesiones.
La Corporación Pleno por diecisiete votos a favor (correspondientes al Grupo
Municipal Popular) y diez abstenciones (correspondientes siete al Grupo Municipal
Socialista y tres al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes) acuerda la aprobación de
la propuesta de resolución anteriormente transcrita.
El texto de la aprobación definitiva del Plan Especial consta en el expediente
rubricado marginalmente por el Secretario General como fedatario.
PLENO.13/07/2011
Pág. 22/28
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