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Examinado el procedimiento iniciado por La Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de
Móstoles, referente al asunto indicado, se han apreciado los hechos que figuran a
continuación:
Hechos que figuran a continuación:
Primero.- El documento, fue aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno
Local del Ayuntamiento de Móstoles, celebrada el 22 de febrero de 2011.
Segundo.- La exposición pública del mismo se realizó mediante anuncio en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid el 21 de marzo de 2011, y el seis de abril de 2011 en el
periódico LA RAZÓN, no constando alegaciones durante el periodo de exposición pública en
el expediente.
Tercero.- La Propuesta de Resolución de fecha 28 de febrero de 2011, recogía los
requerimientos descritos en los informes técnicos y jurídicos incluidos en el expediente.
Cuarto.- Consta en el expediente informe favorable del Jefe de la Sección de Planeamiento
de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Móstoles de 1 de julio de 2011 en el se estima
que se ha dado cumplimiento de los condicionantes establecidos en el acuerdo de
aprobación inicial, suficiente con ese inicio de cumplimiento para la aprobación definitiva, tal
y como se ha producido en la tramitación de otros Planes Especiales similares.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente, de acuerdo con el informe
jurídico de 1 de julio de 2011, del Coordinador General de Urbanismo de Móstoles:
Primero.- Como ya indicábamos en mi anterior informe de fecha 14 de febrero pasado, el
procedimiento de aprobación de los Planes Especiales, es el contenido en el Art. 57 de la
Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid 9/2001, por lo que habiéndose sometido a
información pública tal y como se detalla en el informe de la Jefe de Servicio de
Planeamiento, de fecha 1 de julio de 2011, y no constando alegaciones y constando
igualmente en dicho informe que se han cumplido las condiciones establecidas en el acuerdo
de aprobación inicial, procede ahora la aprobación definitiva por el Pleno Municipal.
Segundo.-Por todo ello, y vistos los informes técnicos municipales, se informa
favorablemente la aprobación definitiva del PLAN ESPECIAL AVENIDA CAMARA DE LA
INDUSTRIA 4, MOSTOLES, MADRID del polígono industrial de Arroyomolinos para la
autorización como uso compatible en edificio exclusivo de restaurante sin espectáculo en la
parcela anteriormente descrita y según lo requerido por el art. 66 de la Ley 9/2001 del Suelo
de la Comunidad de Madrid:
“Artículo 66. Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística
1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse
procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de
su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en
materia de ordenación urbanística:
PLENO.13/07/2011
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