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- 2026-07-22 08:44
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ORDEN DEL DIA
1/ 56.- PRONUNCIAMIENTO DEL PLENO SOBRE LA URGENCIA
DE LA SESIÓN.
Por el Sr. Rodríguez de Rivera Morón, Portavoz del Grupo Municipal Popular y
Concejal Delegado de Hacienda y Presidencia, se motiva la urgencia de la sesión en el
cumplimiento de los plazos previstos en el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero y en la
Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, para establecer un mecanismo de financiación para el
pago a los proveedores de las entidades locales.
Considerando lo dispuesto en el artículo 46.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
La Corporación Pleno, por diecisiete votos a favor (correspondientes al Grupo
Municipal Popular) y nueve abstenciones (siete correspondientes al Grupo Municipal Socialista y
dos al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, acuerda ratificar el carácter urgente de la
sesión.
2/ 57.- DACIÓN DE CUENTA DE LA RELACIÓN CERTIFICADA DE
TODAS LAS OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO CON
PROVEEDORES CONFORME AL REAL DECRETO-LEY
4/2012, DE 24 DE FEBRERO, POR EL QUE SE
DETERMINAN OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Y
PROCEDIMIENTOS NECESARIOS PARA ESTABLECER UN
MECANISMO DE FINANCIACIÓN PARA EL PAGO A LOS
PROVEEDORES DE LAS ENTIDADES LOCALES.
Se da cuenta del expediente tramitado al efecto, en el que constan los siguientes
documentos :
- Informe del Coordinador General de Hacienda.
- Informe del Tesorero Municipal.
- Certificados de no existencia de obligaciones pendientes de pago de los
responsables económicos de los dos organismos autónomos.
- Informes de los responsables económicos y contables de las empresas
municipales sobre sus obligaciones pendientes de pago a 1.1.2012, que
cumplen con los requisitos del Real Decreto 4/2012.
- Relación de las obligaciones pendientes de pago.
- Informe del Interventor.
- Sometimiento previo de dicha relación a la Junta de Gobierno Local de fecha
14 de marzo de 2012.
El Pleno queda enterado
PLENO 28.03.2012
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Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.