Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 583

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
9 con texto de 9
Huella sha256 del fichero
f96706e10fc02470150c1e86cbb881ec8719c5186c29441c67cdf726fcea536a

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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c) Una adecuada financiación de los servicios públicos prestados mediante tasa o precios públicos, para lo que deberán incluir información suficiente del coste de los servicios públicos y su financiación; d) Recoger la descripción y el calendario de aplicación de las reformas estructurales que se vayan a implementar así como las medidas de reducción de cargas administrativas a ciudadanos y empresas que se vayan a adoptar en los términos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos; e) Cualesquiera otros requisitos que se establezcan por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. El Plan de ajuste podrá incluir modificación de la organización de la corporación local, y deberá remitirse por la entidad local el día siguiente de su aprobación por el pleno al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por vía telemática y con firma electrónica, quien realizará una valoración del plan presentado, y se la comunicará a la entidad local en un plazo de 30 días naturales a contar desde la recepción del plan. Transcurrido dicho plazo sin comunicación de la citada valoración, ésta se considerará desfavorable. Valorado favorablemente el plan de ajuste se entenderá autorizada la operación de endeudamiento prevista en el artículo 10. Finalmente, se aprueba el modelo de Plan de Ajuste previsto en el artículo 3 de la Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo, por la que se aprueban el modelo de certificado individual, el modelo para su solicitud y el modelo de plan de ajuste, previstos en el Real Decreto-ley 4/2012 (Anexo III). De acuerdo con lo anterior se exponen los siguientes HECHOS que figuran a continuación: PRIMERO: Relación de Obligaciones Pendientes. Tal y como señala el artículo 3 del citado Real Decreto-ley, el Ayuntamiento de Móstoles aprobó en Junta de Gobierno de fecha de 14 de marzo de 2012, la citada relación de obligaciones pendientes de pago y realizó, en tiempo y forma, su envío al Ministerio. La citada relación asciende a un importe total de 39.403.976,44 €, de los que 29.439.542,62 € corresponden al Ayuntamiento y el resto al Instituto Municipal del Suelo (IMS) -7.145.772,85 €- y a la Empresa Municipal de Aparcamientos (EMA) -2.818.660,97 €-, siguiendo así las instrucciones del apartado 4 del artículo 3 del arriba citado Real Decreto-ley 4/2012, por el que se establece que la relación certificada a remitir por cada entidad local, comprenderá también las obligaciones pendientes de pago correspondientes a los organismos autónomos y demás entidades dependientes que pertenezcan íntegramente a las entidades locales incluidas en el Inventario de Entes del Sector Público Local regulado en el RD 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria. SEGUNDO. Plan de Ajuste. Como consecuencia de lo anterior, y siguiendo toda la legislación aplicable, se ha elaborado este Plan de Ajuste para el Ayuntamiento de Móstoles y sus entes dependientes, con la intención de que las medidas a adoptar permitan que los ingresos corrientes sean suficientes para financiar PLENO 28.03.2012 Pág. 6/9

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.