Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 584

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
19 con texto de 19
Huella sha256 del fichero
4e89f93575c7c10c57f2324e89cbe946fe01e94bdd64851bc9d11037f9042cdb

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Como ya se indico en el informe jurídico de fecha 03 de febrero de 2012, el procedimiento de aprobación de los Planes Especiales, es el contenido en el Art. 57 de la LSCM, por lo que habiéndose sometido a información pública tal y como se detalla en el informe de la Jefa de la Sección Técnica de Planeamiento, de fecha 12 de abril de 2012, y no constando alegaciones y constando igualmente en dicho informe que se han cumplido las condiciones establecidas en el acuerdo de aprobación inicial, procede ahora la aprobación definitiva por el Pleno Municipal. Por todo ello, vistos los informes técnicos municipales y salvo criterio mejor fundado en Derecho, se informa favorablemente la aprobación definitiva por el Pleno Municipal del Plan Especial Segregación de finca situada en la calle Haya número 25, de la Urbanización Parque Coimbra en Móstoles, Madrid y según lo requerido por el Art. 66 de la Ley del Suelo 9/2001 de la Comunidad de Madrid que establece: “Artículo 66. Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística. 1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística: a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya adoptado. b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda. 2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor el mismo día de su publicación en la forma señalada en el punto anterior. 3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida.” Se PROPONE al Pleno De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 123 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 92 del Reglamento Orgánico Municipal. Resolver lo siguiente: Primero: Aprobación definitiva del documento del Plan Especial Segregación de finca situada en la Calle Haya, 25 de la Urbanización Parque Coimbra en Móstoles, Madrid . Segundo: De acuerdo con lo requerido por el Art. 66 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, remisión del anuncio correspondiente al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”. Visto el dictamen de la Comisión de Pleno de Urbanismo de fecha 23 de abril de 2012, en sentido favorable. La Corporación Pleno, por diecinueve votos a favor (diecisiete correspondientes al Grupo Municipal Popular y dos al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes) y siete abstenciones (correspondientes al Grupo Municipal Socialista) acuerda la aprobación de la propuesta de resolución anteriormente transcrita. EL texto del documento que se aprueba definitivamente consta en el expediente rubricado marginalmente por el Secretario General como fedatario. PLENO.2012.04.26 Pág. 7/19

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.