Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Acta Mesa Contratación 25/11/2016 [escaneada — OCR pendiente]

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
actas_mesa
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Tipo
ACTA · PDF
Capturado
2026-07-22 16:09
Fecha del documento
2016-11-25
PSOE 2015–2019 · David Lucas Parrón (2015-2018) y Noelia Posse Gómez (2018-2019)
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
12 con texto de 12
Huella sha256 del fichero
ab8b0a6d1b4df0a1e9f0cece6b955883a5adcbb76f8a3738537bd7bb070295d5

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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A continuación el Secretario de la Mesa, proceda a la lectura de la propuesta de exclusión de licitador en el procedimiento de contratación de suministro en régimen de Alquiler de Carrozas y Vehículos para la Cabalgata de Reyes a celebrar el día 5 de enero de 2017. Expte. C/068/C0N/2016-055, en base al informe jurídico de fecha 25 de noviembre de 2016 firmado por los vocales técnicos que componen la Mesa de Contratación, y cuyo resultado es el siguiente: “A la vista del Informe sobre criterios cuantificables mediante la aplicación de un juicio de valor relativo al contrato de suministro en régimen de alquiler de carrozas y vehículos para la cabalgata de reyes a celebrar el día 5 de enero de 2017, emitido con fecha 23 de noviembre de 2016, por el Responsable de Festejos, la mercantil PRODUCCIONES ARTÍSTICAS RÍOS, S.L., ha presentado dos opciones, dando a elegir entre la opción A y la opción B, valorándose ambas por separado obteniendo la puntuación que a juicio de dicho Responsable se le otorga para cada una de dichas opciones. Respecto al principio de proposición única, que está recogido en el tercer apartado del artículo 145 del TRLCSP, debemos decir que si la finalidad de todo empresario (individual o agrupación de varios a través de una UTE) que concurre a la licitación de un contrato público es la de ser el adjudicatario de ese contrato y éste ha de adjudicarse a la proposición económicamente más ventajosa, no es posible que ese empresario pueda presentar al mismo tiempo dos o más proposiciones más ventajosas o más económicas por la sencilla razón de que el licitador no puede licitar contra sí mismo (Resolución 3/2012, de 18 de enero de 2012, del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid), y, por otro lado, el principio de igualdad tiende a garantizar que los diferentes empresarios que puedan estar interesados en una contratación ostenten las mismas oportunidades, lo que supone que si un licitador puede presentar más de una oferta este hecho le podría colocar en una situación de ventaja en relación con el resto de empresarios que concurren a la contratación y suponer una manipulación del procedimiento y de la adjudicación en cuanto a la selección de la proposición económica más ventajosa. El efecto derivado de la concurrencia en una licitación de varias propuestas presentadas por un mismo empresario debe ser la no admisión de todas ellas, excepto que se acepte la presentación de variantes o estemos ante una subasta electrónica; por tanto, al tratarse de un elemento esencial el citado principio de proposición única, la adjudicación del contrato a un licitador que haya suscrito en una misma licitación varias proposiciones estará viciada de nulidad, pues todas las propuestas por él suscritas debieron no ser admitidas por la entidad contratante. De conformidad con lo anteriormente expuesto, los miembros que componen esta Mesa de Contratación consideran que el licitador PRODUCCIONES ARTÍSTICAS RÍOS, S.L. al haber presentado dos opciones y dando a elegir entre ellas, debe quedar excluido del proceso de licitación de referencia en aplicación de lo previsto en el artículo 145.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.”

Con qué se relaciona este documento

4 vínculos sin ambigüedad:

C035CON:2016-48 expediente contrato no recolectado clave rescatada de OCR
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave rescatada de OCR (etiqueta:EXPTE quitada del prefijo)
En el papel ponía: EXPTE. C/035/CON/2016-048
C035CON:2016-93 expediente contrato no recolectado clave rescatada de OCR
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave rescatada de OCR (etiqueta:EXPTE quitada del prefijo, O/0:C0N→CON)
En el papel ponía: EXPTE. C/035/C0N/2016-093
C050CON:2016-53 expediente contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos
En el papel ponía: C/050/CON/2016-053 (SARA)
C068CON:2016-55 expediente contrato no recolectado clave rescatada de OCR
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave rescatada de OCR (O/0:C0N→CON)
En el papel ponía: C/068/C0N/2016-055

Extracciones automáticas

Esto no está verificado Lo que sigue lo propuso un modelo leyendo el documento. Está pendiente de que una persona lo revise y no forma parte de ninguna cifra publicada en esta web.
calificacion_mesa pendiente revision modelo: qwen2.5:7b-instruct