Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Móstoles del 17 de diciembre de 2025

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2025-12-17
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
11 con texto de 11
Huella sha256 del fichero
0caace9bdc25170afb2a341efcb90a3554d4dd6275b5db9797c282bba2afb47f

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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competencia del Pleno para la aprobación y modificación de las Ordenanzas viene atribuida por el artículo 123 d) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Por tanto, SE PROPONE AL SEÑOR CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, PRESIDENCIA Y RECURSOS HUMANOS, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias delegadas que tienen atribuidas, elevar al Pleno la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Primero. - Inadmitir en todos sus términos las reclamaciones presentadas al acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local. Segundo. - Elevar a definitivo el acuerdo de aprobación provisional adoptado por acuerdo plenario de 24 de octubre de 2025 de modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, impuesto sobre actividades económicas, tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local, tasa por licencias y expedientes urbanísticos, tasa por expedición de documentos que expida o entienda la Administración o las autoridades municipales, y tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, así como la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección y del Callejero Fiscal, anexo a la misma. Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el texto íntegro de las modificaciones de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto sobre bienes inmuebles, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, impuesto sobre actividades económicas, tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local, tasa por licencias y expedientes urbanísticos, tasa por expedición de documentos que expida o entienda la Administración o las autoridades municipales, y tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, así como la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección y del Callejero Fiscal, anexo a la misma, anexo a la misma,, con indicación de que su entrada en vigor será el 1 de enero de 2026. Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden presentar recurso contencioso administrativo Pleno - 17/12/25 Pág. 10/11

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.