Texto propio del PDF: lectura sin pérdida.
Informe favorable del Secretario General de Telecomunicaciones
y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, de
fecha 13 de julio de 2023, en relación con la adecuación del:
Plan Especial para segregación de parcela en la calle del Laurel
9-11 de la Urbanización Parque Coímbra en Móstoles, Madrid a la
normativa sectorial de telecomunicaciones (Ley 9/2014, de 9 de
mayo, General de Telecomunicaciones).
Informe Ambiental Estratégico, emitido por La Directora de
Transición Energética y Economía Circular, con fecha 04 de
septiembre de 2023, en el que concluye que no se aprecia que el
Plan Especial pueda suponer efectos significativos en el medio
ambiente.
Informe sobre la Memoria de Sostenibilidad Económica del
documento de Plan Especial emitido con fecha 24 de agosto de
2023 por el Responsable de Obras, Infraestructuras y
Mantenimiento de las Vías Públicas.
Informe sobre la Memoria de Sostenibilidad Económica del
documento de Plan Especial emitido con fecha 17 de agosto de
2023 por el Arquitecto de la Concejalía de Urbanismo, Vivienda,
Patrimonio y Mantenimiento de la Ciudad.
Informe en el que se contiene la previsión de Ingresos de carácter
tributario derivados del Plan Especial emitido, con fecha 25 de
mayo de 2023 por el Técnico Adjunto a la dirección General de
Gestión Tributaria y recaudación.
Informe sobre la repercusión de los instrumentos de ordenación
territorial y urbanística sobre la participación de los tributos del
estado del Ayuntamiento de Móstoles emitido con fecha 18 de
noviembre de 2024 por el Director General de Presupuestos y
Contabilidad.
Asimismo, el documento a aprobar contiene justificación sobre el
cumplimiento de la siguiente normativa: Ley Orgánica 1/1996, de
15 de enero, de protección jurídica del menor, Ley 40/2003, de 18
de noviembre, de Protección de las Familias Numerosas, Ley
2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e
Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid.
Impacto de Genero.
Cuarto:
Habiendo sido emitidos los preceptivos informes técnico y jurídico
y cumplimentados los requisitos previstos tanto en la normativa
urbanística como en el Reglamento Municipal de Procedimiento
Administrativo aprobado por Acuerdo del Pleno de 14 de mayo de
2009 [R.M.P.A.] y recordando que el Órgano competente para
adoptar el acuerdo de aprobación, es el Pleno de conformidad
con lo establecido en el artículo 61.4 de la Ley 9/2001 del Suelo
de la Comunidad de Madrid.
El documento presentado para aprobación definitiva, ha cumplido
del requerimiento descrito en los antecedentes de hecho en los
Pleno - 19/12/24
Pág. 10/26