Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 19 de Diciembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-12-19
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
26 con texto de 26
Huella sha256 del fichero
d2e73dfbbe4c680bed3e716064b8e303c0d03cbb5ccf8da05f6ab1bd10dfa46b

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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En el Registro de la Propiedad de Móstoles número 3 consta inscrita como: Finca número 1607, con una superficie de suelo de 1395,60 m2 de suelo De acuerdo con levantamiento topográfico reciente la parcela tiene una superficie de 1.373,35 m2 de suelo que es la que se considera como ámbito en el presente documento El objeto del Plan Especial es la segregación de la parcela situada en la calle del Laurel 9-11 en dos parcelas de 506,00 y 867,35 m2 de suelo respectivamente. Es decir se trata de un solar urbano en el que el Plan General permite su división pero mediante la tramitación de un documento urbanístico de desarrollo, para garantizar que se mantiene el uso y la tipología residencial que sigue siendo vivienda unifamiliar aislada y que no se aumenta la edificabilidad que se mantiene en 0,3 m2/m2. La justificación de su elaboración parte de lo establecido por la Ordenanza ZU-R3.Grado 2º del vigente Plan General que exige que para parcelas con superficie superior a 600 m2 la subdivisión deberá tramitarse con un Plan Especial que analice el impacto de las nuevas viviendas resultantes, que es el objeto del presente documento. El Plan Especial que va a ser sometido a aprobación definitiva mantiene dicho objeto y cumple con la legalidad vigente del mismo modo que el documento que fue aprobado inicialmente, ya valorado en el informe jurídico de fecha 17 de marzo de 2023. Resumen de Determinaciones Urbanísticas del Plan Especial El Plan Especial plantea la segregación de la parcela situada en la calle del Laurel 9-11 en dos parcelas de 506,00 y 867,35 m2 de suelo respectivamente (en total 1.373,35 m2s), con las siguientes determinaciones urbanísticas de las parcelas resultantes: Uso predominante residencial unifamiliar libre Tipología de vivienda unifamiliar aislada Edificabilidad 0,3 m2/m2. Parcela Laurel 9 …506,00 x 0,3 = 151,8 m2c Parcela Laurel 11…867,35 x 0,3 = 260,2 m2c Ocupación 50% Retranqueos 3 metros a todos los linderos. No se permite adosamiento entre colindantes. La altura máxima será la establecida por la Ordenanza ZU-R3: “La altura máxima será dos plantas más una tercera cuya superficie no será superior al 30% de la de la planta primera”. La altura de un edifico de dos plantas establecida por las Normas Urbanísticas Generales del Plan General es de 8 metros, medida desde la rasante de la acera, y hasta la parte inferior del forjado de la última planta. El número de plazas de aparcamiento, en el interior de la parcela, será de 1.5 por cada 100 construidos: Es decir 2 plazas en la parcela Laurel 9 y 4 en la parcela Laurel 11. Pleno - 19/12/24 Pág. 7/26

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.