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URBANISMO
7/ 123.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SOBRE APROBACIÓN
INICIAL DEL PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL
REGULADORA DE TERRAZAS DE VELADORES,
QUIOSCOS DE HOSTELERÍA Y ELEMENTOS AUXILIARES
EXTERIORES DE MOBILIARIO E INSTALACIONES.
Vista la Propuesta de Resolución formulada por el Coordinador General de
Urbanismo y elevada al Pleno por el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, del siguiente
contenido literal:
“Una vez tramitado el expediente de referencia, el Coordinador General de
Urbanismo formula la siguiente propuesta de resolución, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 221 a) en relación a los artículos 92 y 143 del
Reglamento Orgánico Municipal aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo
de 2005 (BOCM de 29.4.05).
Asunto Propuesta de aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de las
terrazas de veladores, quioscos de hostelería y elementos auxiliares exteriores de
mobiliario e instalaciones
Interesado Expediente iniciado de Oficio por el Área de Urbanismo.
Procedimiento Aprobación de Disposición de Carácter General (Ordenanza).
Fecha de iniciación 6 de febrero de 2012.
Examinado el procedimiento iniciado por el Área de Urbanismo, referente a la ordenanza
municipal reguladora de las terrazas de veladores, quioscos de hostelería y elementos auxiliares
exteriores de mobiliario e instalaciones, se han apreciado los:
Hechos que figuran a continuación
Primero.-Existe una Ordenanza Municipal Reguladora de Terrazas de Veladores aprobada por
Corporación Pleno de 26 de abril de 1989, publicada en BOCAM de 9 de junio de 1989, y
modificada por Acuerdo por Corporación Pleno de 27 de mayo de 1998
Segundo.-Con fecha 6 de febrero de 2012 se firma la Providencia de Inicio del expediente para
la redacción de una nueva Ordenanza a la vista de las nuevas tipologías de instalaciones y
cerramientos y las necesidades surgidas por la aplicación de las limitaciones del consumo de
tabaco en los establecimientos, así como para regular algunas tipologías o características que
en el texto en vigor no estaban suficientemente desarrolladas o no existían en absoluto.
Tercero.-Realizado el proyecto de la nueva Ordenanza que se pretende aprobar, cosbta en el
expediente Memoria firmada por la subdirectora del Departamento de Licencias y obra Privada,
en al que se motiva la necesidad de su realización.
Cuarto,-Requerido informe jurídico al respecto, el mismo es emitido con fecha 21 de junio de
2012, en sentido FAVORABLE a la aprobación de esta Ordenanza, reflejándose en el mismo la
Legislación de aplicación, el concepto y naturaleza jurídicas de las ordenanzas, el contenido de
esta tasa y el Órgano competente y Procedimiento para su aprobación.
La valoración jurídica de los hechos expuestos, es la siguiente:
PLENO 11.07.2012
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