Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 603

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
41 con texto de 41
Huella sha256 del fichero
2f5ce16dbadbddd8d58216764965c1293ac2d4e9abcc672e09ebc0a4d450d342

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Ayuntamiento de Móstoles Primero.- Al presente expediente le son de aplicación los Art. 41, 43 y 57 y 69 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. Segundo.- Habiéndose producido con fecha 9 de septiembre de 2010, la aprobación inicial del documento de las Modificaciones Sustanciales a que nos referimos y habiéndose cumplido los trámites de sometimiento del mismo a información pública, se presentaron seis alegaciones que se refieren y contestan expresamente en el informe técnico municipal de fecha 11 de mayo de 2012, en las que se determina la parte de las citadas alegaciones que se estiman, así como los motivos por lo que el resto son desestimadas. Tercero.- Se remite a la Concejalía de Urbanismo escrito de fecha 2 de febrero del 2010, del Área de Planeamiento y Control Metropolitano 2 de la Dirección General de Urbanismo. Cuarto.- Con fecha 26 de abril de 2012, se emite informe por la Directora General de Evaluación Ambiental sobre el trámite de Modificaciones Puntuales. Quinto.- En virtud del trámite de información pública y de los informes sectoriales emitidos por el Departamento de Planeamiento y Gestión se ha logrado un documento acatando lo pedido por los informes sectoriales y por el requerido de la Dirección General de Urbanismo de fecha 2 de febrero de 2011, por el que el número de Modificaciones Puntuales se reduce a quince, tal y como detalladamente se explica en el informe técnico municipal del Departamento de Planeamiento y Gestión de fecha 11 de mayo de 2012. Sexto.- De las quince Modificaciones tramitadas, se cuenta con informe favorable para su aprobación inicial de las numeradas de la 1 a 11 y 14 a 15 pues en ellas no se han introducido cambios sustanciales con respecto al documento aprobado inicialmente y sometido a información pública. Séptimo.- Con relación a las Modificaciones MT-5 y MT-6 numeradas como 12 y 13, tal y como se desprende de los informes técnico y jurídico se hace necesario repetir el trámite de información pública, por haber variado el documento con respecto al sometido a información pública tras su aprobación inicial. Octavo.- En virtud de lo establecido en el Art. 57 apartado c) de la vigente Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, “a la vista del resultado de los trámites previstos en la letra anterior, el Pleno del Ayuntamiento resolverá sobre la procedencia de introducir en el documento las correcciones pertinentes. Si tales correcciones supusieran cambios sustantivos en la ordenación, el nuevo documento volverá a ser sometido a los trámites de información pública y requerimiento de informes, tal y como se regula en la letra anterior”. Noveno.- Habiéndose producido la aprobación inicial del documento, su sometimiento a información pública, emisión de informes sectoriales que concluyen con el informe definitivo emitido por la Directora de Evaluación Ambiental emitido con fecha 26 de abril de 2012, procede la aprobación provisional de las Modificaciones 1 a 11 y 14 a 15, así como el sometimiento a un nuevo trámite de información pública de los Modificaciones 12 y 13, de acuerdo al contenido de los informes técnico y jurídico de fechas 11 y 14 de mayo de 2012. Se PROPONE al Pleno, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Resolver lo siguiente: PLENO. 2012.05.24 Pág. 9/41

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.