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- Tipo
- ACTA · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 10:38
- Fecha del documento
- 2022-12-20
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
- Cómo se leyó
-
texto propio del PDF
- Páginas
- 21 con texto de 21
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165f3e3d03d8c377344b00feed3aa5b09a67e2af82523a85b8e6446b231fb8cd
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equivalente en el ámbito de las Comunidades Autónomas, en función del ámbito de la
prohibición de contratar y del órgano que la haya declarado.
Los órganos de contratación del ámbito de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades
Autónomas de Ceuta y Melilla o de las entidades locales situadas en su territorio notificarán
la prohibición de contratar a los Registros de Licitadores de las Comunidades Autónomas
correspondientes, o si no existieran, al Registro Oficial de Licitadores y Empresas
Clasificadas del Sector Público.
La inscripción de la prohibición de contratar en el Registro de Licitadores correspondiente
caducará pasados 3 meses desde que termine su duración, debiendo procederse de oficio a
su cancelación en dicho Registro tras el citado plazo.
3. Las prohibiciones de contratar contempladas en las letras a) y b) del apartado primero del
artículo 71 producirán efectos desde la fecha en que devinieron firmes la sentencia o la
resolución administrativa en los casos en que aquella o esta se hubieran pronunciado sobre
el alcance y la duración de la prohibición.
En el resto de supuestos, los efectos se producirán desde la fecha de inscripción en el
registro correspondiente.”
A la vista de la regulación de esta causa de prohibición, la misma no puede ser apreciada
directamente por los órganos de contratación al tiempo de la tramitación del
procedimiento de contratación, sino que requiere de un procedimiento separado
instruido al efecto, en el que tras su oportuna tramitación conforme a la normativa que lo
regule, será el órgano de contratación quien determinará la apreciación en su caso de la
causa, así como el alcance y la duración de la prohibición para contratar.
CUARTO. - El órgano competente para la apreciación de la existencia de la causa de
prohibición prevista en este caso en el apartado d, del art. 71.1 de la LCSP, es la Junta de
Gobierno Local, de conformidad con lo previsto en el apartado 4º de la Disposición Adicional
Segunda de la LCSP, al ser aplicable al municipio de Móstoles el régimen especial de
Municipios de Gran Población, regulado en el Título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En cuanto a las funciones de la Mesa de contratación conforme a lo dispuesto en el art.
159.4. f) de la LCSP establece en su apartado 3º:
f) En todo caso, la valoración a la que se refiere la letra anterior deberá estar efectuada con
anterioridad a la apertura del sobre o archivo electrónico que contenga la oferta evaluable a
través de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
Tras la apertura del sobre o archivo electrónico y en la misma sesión la mesa procederá a:
(…)
3.º Comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa
está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para
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Con qué se relaciona este documento
9 vínculos sin ambigüedad:
A28007748
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
A78066487
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
A79524054
empresa
contrato no recolectado
NIF: identificador canónico, no colapsa nada
:2021-121
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-121
Contrato: Contratación Póliza de Seguro todo riesgo de daños materiales Ayuntamiento Mostoles
:2021-21
expediente
contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-21
:2021-93
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2021-93
Contrato: Suministro de material informático para el Ayuntamiento de Móstoles, por Lotes.
— FEDERICO CUELLAR, SA
:2022-4
expediente
contrato localizado
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2022-4
Contrato: Coordinación de Seguridad y Salud en fase de obra para dos proyectos de adecuación de solares para aparcamientos en superficie en Móstoles.
— ELIZALDE INGENIERÍA Y PREVENCIÓN, S.L.
:2022-87
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2022-87
Contrato: Suministro Libros y Obras impresas con ISBN y precio fijo de venta al publico y material audiovisual en diversos formatos
— COMERCIAL MUÑOZ LIBROS, S.L.
:2022-89
expediente
contrato localizado
el documento no trae órgano: cruce por AÑO-NNN: un solo contrato · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)
En el papel ponía: 2022-89
Contrato: Servicio de Explotación del Punto Limpio y el Centro Integral de Residuos Especiales (CIRE), en el municipio de Móstoles
— URBASER, S.A.
Ambiguos — se enseñan marcados, no se esconden
La clave casa con varios contratos y no
hay forma de decidir cuál. Ocultarlos sería mentir por omisión; elegir uno sería
afirmar sin saber.
:2022-3
ambiguo · 2 candidatos
clave (órgano, AÑO-NNN) exacta: casa con 2 contratos, sin forma de desambiguar · clave sin prefijo de órgano (se perdió al catalogar el documento)