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desde hace algún tiempo, revertir este proceso que impide
dotarse de un parque de vivienda público y asequible a la altura
de las necesidades de la población. Por ejemplo, el País Vasco,
con mucha menos población, tiene más vivienda pública que
Madrid, y desde 2003, todas las viviendas protegidas deben serlo
resultado, ya cuenta con 55.000 viviendas protegidas de manera
permanente, mientras que en Madrid no contamos con ninguna.
En Móstoles, la situación del IMS hace que la inversión en
vivienda pública haya sido deficitaria en los últimos años,
aunando esta realidad con el auge de los precios del mercado,
tanto en compra-venta como en alquiler, vemos como el derecho
de acceso a la vivienda en nuestra ciudad se ve comprometido,
cuya oferta está únicamente copada por el mercado y la ausencia
de políticas públicas destinadas a la construcción y/o adquisición
de vivienda por parte de la administración en aras de garantizar
un derecho básico.
Desde Más Madrid defendemos un modelo universalista, es decir,
un modelo de vivienda protegida pensado para las mayorías
sociales de nuestra comunidad y nuestro municipio. Este modelo
ya funciona en las ciudades con los sistemas de vivienda más
avanzados, como el de Viena. Un modelo que asume algo que ya
es de sentido común: que el mercado no debe ser el único, ni el
principal, proveedor de vivienda para la población. Esto es una
responsabilidad de las instituciones, en colaboración con otros
actores, para ofrecer vivienda pública y asequible. Es fundamental
que Madrid adecue su normativa para impedir que se siga
perdiendo vivienda protegida y pública.
Por todo ello, desde el grupo municipal Más Madrid Móstoles
proponemos los siguientes
ACUERDOS:
1.- Instar a la Comunidad de Madrid a modificar la normativa para
establecer que la protección pública de la vivienda protegida y la
vivienda pública sea de carácter permanente.
2.- Con el diagnóstico del estado de la vivienda en el municipio,
elaborar un plan de movilización de vivienda vacía y de
rehabilitación de inmuebles antiguos.
3.- Elaborar una ordenanza o hacer las modificaciones necesarias
para poder calificar como viviendas vacías las que estén
desocupadas, según establece la Ley 12/2023, de 24 de mayo,
por el derecho a la vivienda.
4.- Incrementar a la inversión en vivienda pública municipal de
alquiler en el municipio, ya sea por la vía de la construcción o de
la adquisición.
Pleno - 24/10/24
Pág. 23/28
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FIRMANTE(1) : PEDRO DANIEL REY FERNANDEZ | FECHA : 07/11/2024 15:04
FIRMANTE(2) : MANUEL BAUTISTA MONJON | FECHA : 08/11/2024 14:02 | Sin acción específica