Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 21 de diciembre de 2023

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2023-12-21
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
a83bd0b162769c321d6a645eee7c5e82208a644166010c6d518f4b086b7ab8c2

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

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Esto hemos leído

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AP Ayuntamiento de Móstoles Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Expediente: N* 18 / 2023 Asunto: DACIÓON DE CUENTAS DEL INFORME Interesado: Procedimiento: RESUMEN ANUAL SOBRE CONTROL INTERNO DEL EJERCICIO 2022, EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL RD 424/2017 POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES LOCALES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL. Expediente iniciado dé oficio por la Intervención Municipal. Ordinario. Examinado el procedimiento de referencia, y de acuerdo con los FUNDAMENTOS DE DERECHO que figuran a continuación: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno del Sector Público Local, el órgano interventor deberá elaborar con carácter anual y con ocasión de la aprobación de la cuenta general, el informe resumen de los resultados de control interno señalado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. < SEGUNDO: Este informe resumen contendrá los resultados más ignificativos derivados de las de las actuaciones de control figanciefo y de función interventora realizadas en el ejercicio antérior y, con carácter general, se remitirá al Pleno, a través del esidente de la Corporación, y a la Intervención General de la Administración del Estado en el curso del primer cuatrimestre. TERCERO: De acuerdo con el artículo 38 del Real Decreto 424/2017, el Presidente de la Corporación deberá formalizar un PLAN DE ACCIÓN que contendrá las medidas correctoras para aquellos extremos que se consideren más relevantes dentro de cada informe elaborado en materia de control interno, el responsable de su implementación y el calendario de actuaciones a realizar y que deberá elaborarse en el plazo máximo de TRES MESES desde la remisión al Pleno del Informe Resumen de Control Interno. CUARTO: El plan de acción formalizado será objeto de seguimiento periódico por parte del órgano Interventor, que informará al Pleno sobre el grado de cumplimiento de las medidas correctoras implantadas para la mejora de la gestión económico financiera. Pleno - 21/12/23 Pág. 15/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.