Leído por reconocimiento óptico ·
confianza 0.95.
Puede tener errores, y por eso se enseña el escaneo al lado.
enfermera escolar en el centro. Hay familias que se han visto
obligadas a dejar a sus hijos/as en casa o bien, tienen que
desplazarse al centro a atender las necesidades sanitarias de sus
hijos/as.
Ha pasado más de un mes y estamos comprobando que en nuestra
ciudad varios menores de edad, escolarizados en centros educativos
públicos, son privados de su derecho fundamental a la educación al
no poder iniciar el curso escolar por padecer enfermedades que
requieren de la presencia de personal sanitario en sus colegios, los
cuales no disponen de este recurso. Esto constituye una dejadez por
parte de la Consejería de Educación que tiene a sus altos
responsables más pendientes de hacer campaña y visitar hostelería
que de cumplir con sus obligaciones en materia de educación.
Funciones para las que cobran del erario público.
Esta situación viene dada porque desde la Consejería de
Educación de la Comunidad de Madrid están incumpliendo con sus
obligaciones, y permiten que en pleno siglo XXI haya niños y niñas
sin escolarizar por no garantizar su derecho a disponer de enfermera
escolar en sus centros educativos públicos, con la consecuente
discriminación que sufren por ello,
Las Administraciones Públicas debemos aportar soluciones y
recursos para que niños y niñas no se vean privados de su derecho a
la educación; y desde el PSOE, Podemos y Más Madrid Ganar
Móstoles consideramos que la Comunidad de Madrid a través de la
Consejería de Educación debe actuar.
Queremos que los niños y niñas de nuestra ciudad no vean
mermados sus derechos por la falta de personal sanitario en sus
centros educativos. Porque el derecho a la educación está recogido
en el Art. 27 de la Constitución Española dentro del apartado de los
derechos y deberes fundamentales, y como tal es de obligado
cumplimiento para todas las Administraciones Públicas, así como en
su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud y, en
su artículo 39, recoge como uno de los principios rectores de la
política social y económica la protección a la infancia. Así mismo, la
Convención sobre los Derechos del Niño, que entró en vigor en 1990,
define a los niños no sólo como objeto de protección sino también de
derechos. Esta Convención, ratificada por España e incorporada a
nuestro Derecho como norma interna obligatoria con rango de ley,
establece que los Estados Parte asegurarán la plena aplicación del
derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud,
adoptándose medidas apropiadas para, entre otros aspectos,
desarrollar una atención sanitaria preventiva.
La educación es un pilar fundamental sobre el que desarrollar y
forjar la personalidad e identidad de cada persona, además de
instruir a la realización de una actividad útil para la sociedad.
Pleno - 27/10/22
Pág. 16/40