Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 27 de octubre de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-10-27
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
40 con texto de 40
Huella sha256 del fichero
4f3a363eabf766b1009508a513ae6d8d5daa23bc943bd990fe1b09fcde05be3c

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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enfermera escolar en el centro. Hay familias que se han visto obligadas a dejar a sus hijos/as en casa o bien, tienen que desplazarse al centro a atender las necesidades sanitarias de sus hijos/as. Ha pasado más de un mes y estamos comprobando que en nuestra ciudad varios menores de edad, escolarizados en centros educativos públicos, son privados de su derecho fundamental a la educación al no poder iniciar el curso escolar por padecer enfermedades que requieren de la presencia de personal sanitario en sus colegios, los cuales no disponen de este recurso. Esto constituye una dejadez por parte de la Consejería de Educación que tiene a sus altos responsables más pendientes de hacer campaña y visitar hostelería que de cumplir con sus obligaciones en materia de educación. Funciones para las que cobran del erario público. Esta situación viene dada porque desde la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid están incumpliendo con sus obligaciones, y permiten que en pleno siglo XXI haya niños y niñas sin escolarizar por no garantizar su derecho a disponer de enfermera escolar en sus centros educativos públicos, con la consecuente discriminación que sufren por ello, Las Administraciones Públicas debemos aportar soluciones y recursos para que niños y niñas no se vean privados de su derecho a la educación; y desde el PSOE, Podemos y Más Madrid Ganar Móstoles consideramos que la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Educación debe actuar. Queremos que los niños y niñas de nuestra ciudad no vean mermados sus derechos por la falta de personal sanitario en sus centros educativos. Porque el derecho a la educación está recogido en el Art. 27 de la Constitución Española dentro del apartado de los derechos y deberes fundamentales, y como tal es de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas, así como en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de la salud y, en su artículo 39, recoge como uno de los principios rectores de la política social y económica la protección a la infancia. Así mismo, la Convención sobre los Derechos del Niño, que entró en vigor en 1990, define a los niños no sólo como objeto de protección sino también de derechos. Esta Convención, ratificada por España e incorporada a nuestro Derecho como norma interna obligatoria con rango de ley, establece que los Estados Parte asegurarán la plena aplicación del derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud, adoptándose medidas apropiadas para, entre otros aspectos, desarrollar una atención sanitaria preventiva. La educación es un pilar fundamental sobre el que desarrollar y forjar la personalidad e identidad de cada persona, además de instruir a la realización de una actividad útil para la sociedad. Pleno - 27/10/22 Pág. 16/40

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.