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- Tipo
- PLENO · PDF
- Capturado
- 2026-07-22 08:44
- Fecha del documento
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-
texto propio del PDF
- Páginas
- 19 con texto de 19
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Esto hemos leído
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Concejal Delegada de Limpieza de la Ciudad:
- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos
ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de Limpieza de la Ciudad.
- La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de
Limpieza de la Ciudad.
- Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el área de Limpieza de la Ciudad.
- Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos en el
área de Limpieza de la Ciudad.
- Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los
asuntos de Limpieza de la Ciudad.
Concejal Delegado de Mantenimiento de la Ciudad:
- Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos
ejecutivos del Ayuntamiento en el ámbito de los asuntos de Mantenimiento de la
Ciudad.
- La gestión, incluida la emisión de actos o resoluciones administrativas que afecten a
terceros, así como la revisión de dichos actos, en el ámbito de los asuntos de
Mantenimiento de la Ciudad.
- Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el área de Mantenimiento de la Ciudad.
- Solicitud de subvenciones a otras administraciones u organismos públicos en el
área de Mantenimiento de la Ciudad.
- Oficios de comunicación a autoridades y organismos públicos en el ámbito de los
asuntos de Mantenimiento de la Ciudad.
2º.- DEBERÁN PUBLICARSE LAS DELEGACIONES EFECTUADAS EN EL BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y DARSE CUENTA AL PLENO DE LA
CORPORACIÓN.
Lo decretó el Sr. Alcalde, en Móstoles a diecinueve de junio de dos mil siete”.
3.- Decreto de la Alcaldía nº 6137/07, del siguiente contenido literal:
“ Por Decreto de la Alcaldía de esta misma fecha se ha dispuesto la delegación de
determinadas atribuciones de esta Alcaldía en los Tenientes de Alcalde y en las Concejalías
Delegadas.
Además, se considera oportuno delegar determinadas atribuciones que la Ley
asigna a la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.
Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 124.5 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en relación a los artículos 12 y
17 de 19
Pleno 25.06.07
Con qué se relaciona este documento
No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con
garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.