Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Documento 404

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
19 con texto de 19
Huella sha256 del fichero
8e2632b9e09407c3816a191ff3685c776eb8f5adeb07f2698d82618015d1914d

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Dª PALOMA TEJERO TOLEDO D. JUAN MANUEL MANJAVACAS ESCRIBANO Dª MARÍA DE LAS MERCEDES PARRILLA MARTÍN D. EDUARDO DE SANTIAGO DORADO D. DAVID SÁNCHEZ DEL REY - Con la denominación de Grupo Municipal Socialista, y actuando como Portavoz, Dª María Paz Martín Lozano, que en caso de ausencia será sustituida por Dª María Pilar Fernández Tomé, por Dª Vicenta Palomo Morales, por D. Roberto Rey Mantilla, por D. Jesús García Alonso, por Dª María Yolanda Aguilar Moríes, por Dª Noelia Posse Gómez, por D. Luis García Ojeda, por D. Alberto Barcina Cabornero y por Dª Esther Rubio García, queda constituido dicho Grupo, integrado por los siguientes concejales: Dª MARÍA PAZ MARTÍN LOZANO Dª MARÍA DEL PILAR FERNÁNDEZ TOMÉ Dª VICENTA PALOMO MORALES D. ROBERTO REY MANTILLA D. JESÚS GARCÍA ALONSO Dª MARÍA YOLANDA AGUILAR MORIES Dª NOELIA POSSE GÓMEZ D. LUIS GARCÍA OJEDA D. ALBERTO BARCINA CABORNERO Dª ESTHER RUBIO GARCÍA Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación, que constan en el correspondiente Diario de Sesiones. El Pleno se da por enterado, quedando constituidos los Grupos Políticos Municipales indicados, con la denominación y designación de Portavoces igualmente señalados. 3/ 60.- CREACIÓN DE LAS COMISIONES PERMANENTES DEL PLENO.- Visto el proyecto de acuerdo del Alcalde del siguiente contenido literal: “Los Artículos 178 y 179 del Reglamento Orgánico Municipal, establecen el régimen de las Comisiones Permanentes del Pleno y el procedimiento de su constitución. Por Decreto de esta Alcaldía de 19 de junio de 2007, se han determinado las Tenencias de Alcaldía, las Concejalías Delegadas y las Áreas de Gestión en las que se organizará el Ayuntamiento, siendo dichas Tenencias de Alcaldía o Áreas de Gestión las siguientes: Primera, de Economía y Administración Pública; Segunda, de Servicios al Ciudadano y Tercera, de Desarrollo de la Ciudad. Por otro lado, el Artículo 179.2 del Reglamento Orgánico Municipal establece las Comisiones Permanentes de obligada constitución. Teniendo en cuenta lo expuesto y en virtud de las facultades que me confiere el Artículo 94 del Reglamento Orgánico Municipal, se eleva al Pleno el siguiente Proyecto de acuerdo Constituir las siguientes Comisiones Permanentes del Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Móstoles para el mandato 2007-2011: 4 de 19 Pleno 25.06.07

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.