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8.- La autorización de pruebas deportivas cuando discurran íntegra y exclusivamente por el
casco urbano, exceptuando las travesías.
9.- Considerando las atribuciones de competencias señaladas en la Ley 18/1999, 29 de abril,
reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de
Madrid, y su desarrollo reglamentario por el Decreto 179/2003, de 24 de julio. En relación con las
atribuciones que el art. 124.4.ñ), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local
otorga a esta Alcaldía.
a).- Nombramiento de vocales de los representante del Ayuntamiento en el Consejo Local de
Atención a la Infancia y a la Adolescencia
10.- Considerando las atribuciones de competencias señaladas en la Ley 2/2006, de 3 de Mayo,
de Educación en concreto en el Art.126. En relación con las atribuciones que el art. 124.4.ñ), de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local otorga a esta Alcaldía.
a).- Nombramiento de vocales de los Representantes del Ayuntamiento en los Consejos
Escolares.
11.- El otorgamiento de licencias que le atribuyan expresamente las leyes y aquellas que la
legislación del Estado o de la Comunidad Autónoma asignen al municipio y no se atribuyan a
otros órganos municipales u organismos autónomos de descentralización funcional. La atribución
a otros órganos municipales u organismos autónomos de descentralización funcional debe
entenderse realizada por mandato legal, por norma de creación y regulación de los organismos
autónomos o por los acuerdos propios de autoorganización municipal.
Segundo.- Derogación de Resoluciones Anteriores.
Quedan derogadas expresamente todas las Resoluciones dictadas anteriormente en cuanto a
delegaciones del Alcalde en la Junta de Gobierno Local.
Tercero.- Eficacia y publicación.
Las delegaciones efectuadas tendrán eficacia desde la misma fecha del presente Decreto.
Deberán publicarse las delegaciones efectuadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y darse cuenta al Pleno de la Corporación”.
- Acuerdo de la Junta de Gobierno Local Nº 2/17, de 17 de enero de 2012,
sobre delegación de competencias propias de la misma en concejales delegados.
Vista la propuesta de resolución formulada y elevada por el Alcalde, así como las
adiciones incorporadas, en su caso, por la Junta de Gobierno Local, se transcribe literalmente la
propuesta resultante:
Expediente nº 2/11-15
Asunto: Delegación de competencias propias de la Junta de Gobierno Local en
Concejales Delegados
Interesado: Todas la Concejalías.
Procedimiento: Organización y Funcionamiento.
PLENO. 23.02.2012
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