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Una sociedad democrática se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana,
libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos
los derechos de las personas pertenecientes a minorías.
Desde la firme convicción de que las instituciones somos los cimientos de la estructura de un
país, sabemos que debemos garantizar la libertad, la seguridad jurídica y los derechos
individuales para que haya paz social y prosperidad.
El individuo es el máximo artífice de su propia prosperidad y de su propio bienestar. Pero para
poder ejercer libremente esa responsabilidad es necesario partir de un principio de igualdad de
oportunidades, independientemente de su raza, sexo, religión, opinión u otra condición o
circunstancia personal o social, tal como ampara la Constitución Española en su artículo 14.
Por todo lo anteriormente expuesto y a tenor del artículo 93.6 del reglamento Orgánico Municipal
vigente, el Grupo Municipal Popular propone:
1.- Condenar enérgicamente toda discriminación basada en la orientación sexual y la identidad
de género, y lamentar profundamente que todavía existan lugares en los que no se protejan
plenamente los derechos fundamentales de las personas LGBT.
2.- Garantizar, dentro de las competencias municipales, la protección de las personas lesbianas,
gays, bisexuales y transexuales frente a la expresión de odio y la violencia homofóbica.
3.- Apostar por una educación en valores, tales como la igualdad, la solidaridad, la transigencia y
el respeto, puesto que la educación es una herramienta fundamental para conseguir erradicar
estas conductas en generaciones actuales y venideras.
[Al comienzo del debate de este asunto, el Sr. Alcalde se ausenta de la sala por
breves instantes, presidiendo el acto mientras tanto el Primer Teniente de Alcalde.
Reincorporándose enseguida el Sr. Alcalde y asumiendo de nuevo la Presidencia].
Tras las opiniones vertidas por los diferentes Grupos o miembros de la Corporación,
que constan en el correspondiente Diario de Sesiones
Sometida en primer lugar a votación la Moción indicada del Grupo Municipal
Izquierda Unida-Los Verdes, según determina el artículo 103 del Reglamento Orgánico
Municipal, se obtienen diez votos a favor (tres correspondientes al Grupo Municipal Izquierda
Unida-Los Verdes y siete al Grupo Municipal Socialista) y dieciséis en contra (correspondientes
al Grupo Municipal Popular), por lo que la misma resulta rechazada.
A continuación, se somete a votación la enmienda de sustitución a la totalidad del
Grupo Municipal Popular, anteriormente transcrita, obteniéndose dieciséis votos a favor
(correspondientes al Grupo Municipal Popular) y diez votos en contra (tres correspondientes al
Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes y siete al Grupo Municipal Socialista), por lo que la
misma resulta aprobada.
PLENO 28.06.2012
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