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a) Tener aprobada y remitida al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la liquidación
de los presupuestos de 2011.
b) Presentar un compromiso aprobado por el Pleno municipal por el que el Ayuntamiento se
obliga a acordar con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un Plan de Ajuste
que garantice el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública,
así como los plazos de pago a proveedores fijados en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de
lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Este compromiso vincula a las
Entidades locales que disfrutan de cesión de tributos estatales, de conformidad con los artículos
111 y 135 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, entre las que se
encuentra el Ayuntamiento de Móstoles.
En el caso de que el Ayuntamiento incumpla los objetivos citados en el párrafo anterior, la citada
Disposición final Decima de la LPGE para 2012 establece con carácter general para las
Entidades locales que “deberán aprobar un plan de ajuste, que garantice la corrección de
aquellos incumplimientos, mediante acuerdo de sus respectivos Plenos, que, además, deberán
aceptar la posible imposición por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de
condiciones particulares en materia de seguimiento y remisión de información, así como, en su
caso, de adopción de medidas de ajuste extraordinarias que permitan aquella corrección”.
c) Junto con lo anterior, el Interventor ha de remitir por vía telemática un diagnóstico sobre el
cumplimiento de los anteriores objetivos.
De acuerdo con el apartado 6 de la citada Disposición final Décima, la información anterior se
deberá enviar por vía telemática y con firma electrónica a la Oficina Virtual de Coordinación
Financiera con las Entidades Locales, en la página web del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.
Con fecha 22 de junio de 2012, el Ministerio de Hacienda ha publicado una “Nota relativa a la
ampliación de 60 a 120 mensualidades del periodo de reintegro de los saldos que resultaron a
cargo de las Entidades locales en las liquidaciones de la partricipación en los tributos del Estado
de los años 2008 y 2009”, en la que se concretan los requisitos a cumplir por las Entidades
locales y la información a remitir a través de la Oficina Virtual.
HECHOS que figuran a continuación:
PRIMERO: Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Móstoles del ejercicio 2011.
El Ayuntamiento de Móstoles, por Decreto del Alcalde de fecha de 3 de abril de 2012, aprueba la
liquidación de los presupuestos del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos del ejercicio
2011.
Esta liquidación ha sido remitida por vía telemática y con firma electrónica al Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas, con fecha 3 de abril de 2012, tal y como consta en la
Oficina Virtual de Entidades locales.
En consecuencia, el Ayuntamiento de Móstoles cumple el primero de los requisitos fijados.
SEGUNDO. Plan de Ajuste del Ayuntamiento de Móstoles
En base al Real Decreto- ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de
información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el
pago a los proveedores de las entidades locales y al Real Decreto-ley, el 7/2012 de 9 de marzo,
por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, el Ayuntamiento de
Móstoles elabora un Plan de Ajuste que aprueba en sesión de Pleno de 28 de marzo de 2012 y
que posteriormente el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas valora favorablemente
con fecha de 30 de abril de 2012.
PLENO 28.06.2012
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