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- ACTA · PDF
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- 2026-07-22 10:04
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- 2025-02-04
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón - Cómo se leyó
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accesibles, como mínimo, a cualquier persona que tenga o haya tenido interés en obtener
un determinado contrato y que se haya visto o pueda verse perjudicada por una presunta
infracción".
La propia jurisprudencia citada del TJUE entiende legitimado al operador económico que no ha
presentado oferta sí impugna cláusulas de /os pliegos que le impiden dicha presentación incluyendo
no solo las condiciones de solvencia de la empresa o aptitudes para contratar, sino también
aquellas cláusulas que le impidan presentar una oferta viable y justificada. Se entiende que
concurre esta circunstancia sí impugna el presupuesto, pues no parece razonable exigir
obligar a someterse a un presupuesto que se alega no viable como condición necesaria
para poder recurrir, que es lo que ocurre si el recurso es desestimado y ha licitado, no pudiendo
retirarse del procedimiento sin pérdida de garantía provisional o penalización".
Por todo ello, consideramos que en este concreto caso, el recurrente al amparo de lo
dispuesto en el articulo 48 de la LCSP está legitimado para la interposición de recurso
especial en materia de contratación contra los pliegos de condiciones, al considerar que sus
derechos e intereses legítimos individuales o colectivos se han visto perjudicados o puedan
resultar afectados de manera directa o indirectamente por las decisiones objeto del recurso y que
le han podido impedir la presentación de oferta adecuada y justificada.
Asimismo, se acredita la representación del firmante del recurso.
Tercero. - El recurso especial se interpuso en tiempo y forma, pues los pliegos de
condiciones fueron puestos a disposición de los interesados en la licitación una vez
modificados, el 28 de noviembre de 2024 e interpuesto el recurso, en este Tribunal, el 12 de
diciembre de 2024, por tanto, dentro del plazo de quince días hábiles, de conformidad con el
artículo 50.1 de la LCSP.
Cuarto. - El recurso se interpuso contra los pliegos de condiciones en el marco de un contrato de
servicios cuyo valor estimado es superior a 100.000 euros. El acto es recurrible, de
acuerdo con el artículo 44.1.a) y 2 a) de la LCSP.
Quinto. - Fondo del asunto. Alegaciones de las partes.
1. Alegaciones de la recurrente.
Inicialmente el recurrente solicito al órgano de contratación el listado de personal a subrogar,
ya que del propio expediente de contratación se pone de manifiesto que el convenio colectivo
aplicable es el VIII Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación No Reglada y que en su
artículo 9 especifica que, "en /os casos de adjudicación de la concesión del servicio público a una
nueva empresa, la nueva empresa debe subrogarse en todos los derechos y obligaciones de
los trabajadores con contrato en vigor y antigüedad mínima de tres meses en la empresa saliente.
"No constando ni en los pliegos de condiciones ni en ningún otro documento y o anexo la
información que establece el artículo 130 de la LCSP.
Modificados los pliegos de condiciones e incluido dicho anexo, el recurrente manifiesta su
disconformidad con el contenido del documento, en base a que existe una falta de conformidad
del número de trabajadores y sus costes reales con el presupuesto base de licitación
determinado en el PCAP.
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Con qué se relaciona este documento
14 vínculos sin ambigüedad:
A61797536
empresa
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A88201546
empresa
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A95758389
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B85730166
empresa
contrato no recolectado
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:2008-2176
expediente
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2176/2008:2024-130
expediente
contrato localizado
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En el papel ponía:
2024-130Contrato: Servicio para la implantación, configuración y mantenimiento de las soluciones del portafolio SCSP del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Ayuntamiento de Móstoles
— AEIOROS SERVICIOS
:2024-146
expediente
contrato localizado
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En el papel ponía:
2024-146Contrato: Suministro de sustitución del sistema de cámaras de seguridad de la sede de nuevas tecnologías y su integración a la red municipal.
:2024-153
expediente
contrato localizado
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En el papel ponía:
2024-153Contrato: Servicio para el desarrollo de un proyecto sobre comunicación y oratoria club de debate.
— Asociaciónd e debate Oratoria y Competiciones Escolares
:2024-196
expediente
contrato localizado
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En el papel ponía:
2024-196Contrato: Suministro e instalación de aparatos elevadores en el Conservatorio y Junta de Distrito 5 del Ayuntamiento de Móstoles
— BAYFER, S.L.U.
:2024-200
expediente
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2024-200Contrato: Servicio para la supervisión de los profesionales delos servicios sociales del Ayuntamiento de Móstoles
— INSTITUTO VATEA S.L.
:2024-212
expediente
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2024-212Contrato: Suministro de gas natural en edificios municipales de la ciudad de Móstoles
— GAS NATURAL COMERICIALIZADORA SA
:2024-213
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2024-213:2024-230
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2024-230:2024-87
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2024-87Contrato: Servicio de Gestión de la Escuela de Danza Ciudad de Móstoles
— NUEVO BALLET ESPAÑOL,SL