Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Acta Mesa Contratación 27/06/2016 [escaneada — OCR pendiente]

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
actas_mesa
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Tipo
ACTA · PDF
Capturado
2026-07-22 16:09
Fecha del documento
2016-06-27
PSOE 2015–2019 · David Lucas Parrón (2015-2018) y Noelia Posse Gómez (2018-2019)
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
16 con texto de 16
Huella sha256 del fichero
78e20482e2341e15c031456b4c98202eac5369ff071b6f2e7ec18a561d54bf20

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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7/3 Ayuntamiento de Móstoles Contratación, previa delegación al efecto acordada por el Órgano de Contratación y habiendo sido cumplimentado por la mercantil BANCO DE SANTANDER, S.A., tal y como se establece en el apartado 3” del mismo precepto, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 1 de marzo de 2016, adoptó, entre otros, el Acuerdo Núm. 8/90, por el que se adjudicaba el contrato a la misma mercantil, por un importe total de 562.453,44 €, más 113.462,88 € en concepto de |.V.A, para los CUATRO AÑOS de duración del contrato, a contar desde la fecha de entrega y correcta recepción de los vehículos, que en cualquier caso habría de producirse en un plazo máximo de NOVENTA DÍAS NATURALES, notificándose dicha resolución a la empresa mencionada y al resto de licitadores, conteniendo la notificación todos los extremos previstos por el artículo 151.4 del TRLCSP y publicándose, simultáneamente, en el perfil del contratante. SÉPTIMO: Con posterioridad a la adjudicación, por el Departamento de Contratación, se detectó la concurrencia de error invalidante y no subsanable, que más adelante se describirá, en la oferta económica presentada por la mercantil adjudicataria, no percibido, sin duda por omisión involuntaria, ni por la propia Mesa de Contratación, ni por los Servicios Técnicos Municipales, en el momento de elaborar el correspondiente informe de valoración de las proposiciones. OCTAVO: Con fecha 15 de abril de 2016, se presentó en el Registro General de la Corporación (Entrada 21020), por la representación de BANCO DE SANTANDER, S.A., escrito en el que, entre otras cuestiones, se manifestaba lo siguiente: “No obstante, por un lamentable error al detallar los PRECIOS UNITARIOS y desglosar el importe correspondiente a los distintos tipos de vehículos, se indicó que era IMPORTE DE ARRENDAMIENTO (IVA INCLUIDO)”, acompañando al mismo escrito. Por lo anterior, nos permitimos por medio del presente escrito aclarar y confirmar (tal y como estaba descrito en el precio total de la proposición económica presentada) que el PRECIO DE EJECUCIÓN TOTAL (IVA NO INCLUIDO) ES DE 562.453,44 euros, precio que consta en la propuesta de adjudicación y cuyo desglose se detalla en el documento que acompaña este escrito.” / Respecto a lo anterior, baste en este momento, sin perjuicio de las consideraciones jurídicas a realizar más adelafite, que el documento que acompañaba al escrito de BANCO DE SANTANDER, S.A., no era otro que una nuégva “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”, distinta a la inicialmente presentada en el procedimiento de contratación, con las correcciones oportunas, a criterio de la mercantil interesada, en el cuadro correspondiente a los precios unitarios, en la columna bajo el epígrafe “IMPORTE ARRENDAMIENTO CUATRO AÑOS (IVA incluido)”. Y NOVENO: En consecuencia con todo ello, a propuesta de la Mesa de Contratación, acordada en sesión de este Órgano, celebrada el 13 de mayo de 2016, previos los informes evacuados al respecto, por el Departamento de Contratación, con fecha 31 de marzo de 2016 y por la Secretaría General y la Intervención, Municipales, de forma conjunta, con fecha 17 de abril de 2016, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 31 de mayo de 2016, adoptó, entre otros, el Acuerdo Núm. 11/310, por el que se dejaba sin efecto el meritado Acuerdo Núm. 8/90, adoptado por el mismo Órgano, por el que se adjudicaba el contrato de referencia a la mercantil BANCO DE SANTANDER, S.A., acordándose, asimismo, la retroacción de las actuaciones seguidas en el procedimiento de contratación, al momento de apertura del Sobre número 2 (Oferta económica) y posterior evacuación por los Servicios Técnicos Municipales, del correspondiente informe de valoración de las proposiciones. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: Según se establece en la Cláusula 5 de las contenidas en el PCAP, el presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de 744,132,23 €, más un importe de 156.267,77 €, correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la Administración Municipal, para los cuatro años de duración del contrato, de acuerdo con el desglose que se expresaba en el expositivo fáctico SEGUNDO e igualmente, que los precios a ofertar por los licitadores serán a la baja y no podrán, en ningún caso, exceder ni del importe del presupuesto base de licitación, ni de los precios unitarios máximos reseñados, rechazándose las proposiciones económicas que excedan de dichos importes. Por su parte, en la Cláusula 13.B del PCAP, se disponía que "la oferta económica se presentará conforme al modelo que se incorpora como Anexo l”, en el cual se expresaba, a su tenor literal, lo siguiente: 13

Con qué se relaciona este documento

1 vínculo sin ambigüedad:

C036CON:2015-84 expediente contrato no recolectado
ningún contrato con esa clave — el expediente se identifica, pero no está en contratos
En el papel ponía: C/036/CON/2015-084

Extracciones automáticas

Esto no está verificado Lo que sigue lo propuso un modelo leyendo el documento. Está pendiente de que una persona lo revise y no forma parte de ninguna cifra publicada en esta web.
calificacion_mesa pendiente revision modelo: qwen2.5:7b-instruct