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“Además de los valores expresados en las hojas Excel de valoración (incluidas en el fichero
“tablas valoración.xlsx”) se considerarán como máximos aquellos valores que oferte el licitante
adjudicatario en general a sus clientes”.
El PCAP establece que la oferta comprende, a efectos de valorar los criterios de
adjudicación, tres conceptos:
1.- Tarificación Principal: Cuotas de establecimiento de llamada y de precio minuto de los
distintos servicios ofertados. Cuota variable, aplicando las tarifas ofertadas por el adjudicatario
que están sometidas a precios máximos fijados por el Ayuntamiento, a los servicios
consumidos por el mismo.
2.- Implantación del Sistema y su Mantenimiento. Cuota Fija
3.- Fibra Óptica y Acceso a internet. Cuota Fija.
Al efecto incorpora un anexo con el modelo de oferta económica en el que ha de
trasladarse no el precio de cada una de las prestaciones sino el importe del valor ponderado
del precio ofertado por cada uno de los conceptos susceptibles de valoración como criterio de
adjudicación.
En el citado Anexo, Modelo de Proposición Económica, consta como “NOTA: que... en el
Modelo la Oferta Económica se deberá tener en cuenta las prescripciones contenidas en los
Anexos l y XX del PPT.”
El Anexo | del PPT, “Tarifas. Precios Máximos”, se refiere a las Tablas de Valoración,
Archivo Excel, que deberán contener los precios de la oferta a que se refiere el apartado 1 del
modelo de proposición económica (establecimiento de llamada y precio por minuto de los
distintos servicios). Las Tablas de Valoración
(Excel) serán facilitadas por el propio Ayuntamiento para ser rellenadas por los licitadores. En
estos archivos (Tablas de Valoración) constan en color naranja los precios máximos de la
licitación establecidos por el Ayuntamiento para cada uno de los servicios objeto de la
contratación, debiendo los licitadores rellenar en color morado los precios ofertados por cada
uno de los servicios. Los precios ofertados para cada uno de los servicios, ponderados en
función de unos porcentajes determinados por el Ayuntamiento, según su consumo histórico y
su experiencia, dan como resultado un valor unitario en la Tabla, en color verde que servirá de
comparación entre todas las ofertas presentadas y será tenido en cuenta para puntuar de
acuerdo con lo establecido en el PCAP. Este coeficiente unitario es el que se refleja en la
Proposición Económica, junto con el archivo Excel Tabla de Valoración.
Tercero.- Al procedimiento se presentó una sola oferta por las empresas Telefónica de
España, S.A.U. - Telefónica Móviles España, S.A.U., licitadoras en compromiso de UTE.
La oferta contiene como valor en el importe ponderado del precio ofertado por
volumetría tráfico móvil 0,034117. En las tablas de valoración tanto en formato digital como en
papel para el mismo parámetro figura el valor 0,033069.
El día 29 de de noviembre de 2016, el Área de Nuevas Tecnologías del
Ayuntamiento, remite correo electrónico en el que se comunica que han detectado una posible
discrepancia en uno de los valores (precio ofertado para tráfico móvil) de los apartados
contenidos en el punto 1 de la proposición económica, que se tienen que presentar para ser
puntuados, solicitando aclaración de la posible errata y otorgando un plazo de dos días hábiles
para realizar la aclaración. En concreto en la aclaración que se solicita se señala que
“Telefónica presenta una discrepancia en uno de los valores de su oferta. De los tres sitios
donde se incluye el valor en uno figura una cantidad distinta respecto a los otros dos. En dos
presenta el valor 0,034117 euros y en las tablas de valoración 0,033069”.
A las 17:30 de ese mismo día se remite correo electrónico para atender la aclaración:
“Disculpad, se trata de una errata. El valor correcto de la tabla B es el que aparece en la
proposición económica, 0.034117”.