Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 26 de Septiembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-09-26
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
44 con texto de 44
Huella sha256 del fichero
695faf3e80ad90516b1ce921ebcca434d319e1a4562be5bf7b08a70a379926a2

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Municipal, aprobado por el Pleno en sesión de 31 de marzo de 2005 (BOCM de 29.4.05). Expediente: Nº H/DGPC/2024-6 Asunto: DACIÓN DE CUENTA DEL EXPEDIENTE DE EVALUACIÓN TRIMESTRAL DEL PLAN DE AJUSTE 2012-2027 (DATOS PROVISIONALES A CIERRE DEL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2024). Interesado: Expediente iniciado de oficio por la Dirección General de Presupuestos y Contabilidad Procedimiento: Ordinario. Examinado el procedimiento de referencia se han apreciado los Hechos que figuran a continuación: Primero.- El 25 de febrero de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. El objetivo fundamental de esta norma es el de habilitar las condiciones necesarias para permitir la cancelación por las entidades locales de sus obligaciones pendientes de pago con sus proveedores, derivadas de la contratación de obras, suministros o servicios. Para ello, establece un mecanismo de financiación que lleva aparejada una operación de endeudamiento a largo plazo y la obligación por parte de las entidades locales de aprobar un plan de ajuste, que debe responder a unos criterios básicos al objeto de garantizar la sostenibilidad financiera de la operación. Este plan de ajuste fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el día 30 de abril de 2012 quedando autorizada la concertación de la operación de endeudamiento. A lo largo de los años se han realizado diferentes modificaciones del Plan de Ajuste que aparecen detallas en los informes trimestrales. Segundo.- Una vez en funcionamiento este Plan, el artículo 10 del Real Decreto 7/2012 establece un sistema para evaluar el mismo, exigiendo a las Entidades Locales que concierten las operaciones de endeudamiento previstas en este Real Decreto-ley presentar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un informe del Interventor sobre la ejecución de los planes de ajuste. Tercero.- En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriormente mencionados, el Ayuntamiento de Móstoles, al encontrarse incluido en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y al haber concertado la operación de endeudamiento prevista en Real Decreto-ley 4/2012, debe presentar con periodicidad trimestral al Ministerio de Hacienda y Pleno - 26/09/24 Pág. 16/44

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.