Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 26 de Septiembre de 2024

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2024-09-26
PP 2023–actualidad · Manuel Bautista Monjón
Cómo se leyó
texto propio del PDF
Páginas
44 con texto de 44
Huella sha256 del fichero
695faf3e80ad90516b1ce921ebcca434d319e1a4562be5bf7b08a70a379926a2

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Plan General de Ordenación Urbana de Móstoles, Revisión y Adaptación, aprobada definitivamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 15 de enero de 2009 (B.O.C.M. nº 81, de 6-4-09). Segundo: Así mismo, el objeto de este Estudio de Detalle, indicado en los antecedentes de hecho, responde a las finalidades previstas para este tipo de instrumentos de planeamiento en el artículo 53 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Tercero: Según consta en los antecedentes de hecho mencionados, tras la aprobación inicial se sometió este Estudio de Detalle al trámite reglamentario de información pública y audiencia a los interesados. Cuarto: Habiendo sido emitidos los preceptivos informes técnico y jurídico y cumplimentados los requisitos previstos tanto en la normativa urbanística como en el Reglamento Municipal de Procedimiento Administrativo aprobado por Acuerdo del Pleno de 14 de mayo de 2009 [R.M.P.A.] Y recordando que el Órgano competente para adoptar el acuerdo de aprobación, es el Pleno de conformidad con lo establecido en el artículo 61 .5 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. El documento presentado para aprobación definitiva, ha cumplido del requerimiento descrito en los antecedentes de hecho en los términos indicados en los informes técnicos citados, y se han entregado los ejemplares del documento del Estudio de Detalle, con certificado de colegiación en el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, del técnico redactor y archivo informático en formato pdf del documento definitivo y fichero del plano base de ordenación en formato DXF o DWG en coordenadas UTM / ETRS89. Quinto: De acuerdo con el arto 66 de la Ley del Suelo 9/2001 de la Comunidad de Madrid sobre Publicación y vigencia de los Planes de Ordenación Urbanística: 1. Se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente al depósito del correspondiente Plan de Ordenación Urbanística, o de su modificación o revisión, en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística: a) El acuerdo de aprobación definitiva, por disposición de la Administración que lo haya adoptado. b) El contenido íntegro de la parte del Plan cuya publicación exija la legislación de régimen local, por disposición del Municipio o de la Comunidad de Madrid, cuando proceda. 2. Los Planes de Ordenación Urbanística entrarán en vigor el mismo día de su publicación en la forma señalada en el punto anterior. 3. Los Planes de Ordenación Urbanística tendrán vigencia indefinida Se PROPONE al Pleno Pleno - 26/09/24 Pág. 23/44

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.