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“En los objetivos de desarrollo sostenible que establece Naciones
Unidas se encuentra lograr que las ciudades sean inclusivas, seguras,
resilientes y sostenibles. Dentro de este objetivo se marca como meta
para el año 2030 apoyar los vínculos económicos, sociales y
ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales,
fortaleciendo la planificación del desarrollo nacional y regional.
Consideramos que la protección, cuidado y mantenimiento de los
caminos en nuestra ciudad es un paso adelante para lograr la
consecución de este objetivo. La competencia municipal en materia de
vías públicas alcanza tanto a las urbanas como a las rurales y es
obligación de las Entidades Locales mantenerlas en buen estado de
conservación. La conservación de caminos y vías rurales constituye,
según el artículo 25.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local (LRBRL), una competencia local al formar
parte de la estructura viaria municipal.
Los caminos públicos son bienes de uso y dominio público y su
protección y deslinde está protegido en la Ley 33/2003 del Patrimonio
de las Administraciones Públicas. Desgraciadamente, nuestros
caminos públicos sufren cortes, cierres, usurpaciones e incluso su
venta; es un problema generalizado en todo el Estado español. El
concepto conservación hay que entenderlo en un sentido amplio:
creación, inventario, afectación y desafectación, deslinde, ampliación,
señalización, conservación, regulación de usos, vigilancia, disciplina y
recuperación, a fin de que se garantice el uso o servicio público del
camino.
En lo que respecta a las vías pecuarias, la Ley 3/1995 de Vías
Pecuarias aumenta su protección, definiéndolas como bienes de
dominio público de las Comunidades Autónomas. La ley 8/1998 de la
Comunidad de Madrid establece en su artículo 3 que "las vías
pecuarias cuyo itinerario discurre por el ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid son bienes de dominio público de esta
Comunidad y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e
inembargables." Del mismo modo define sus fines en el Artículo 4.
Pese a todo, las vías pecuarias en el municipio de Móstoles
presentan un serio estado de falta de conservación y especialmente
de vigilancia que hace necesaria una actuación fundamental por parte
de la Comunidad de Madrid.
Consideramos que estas vías forman parte de nuestra ciudad, que
va más allá de los límites que las zonas urbanizables marcan, por lo
que es fundamental proteger, cuidar y mantener tanto nuestros
caminos públicos como nuestras vías pecuarias.
Por todo lo expuesto solicitamos al pleno de este Ayuntamiento los
siguientes:
ACUERDOS
Pleno - 26/09/24
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