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Ayuntamiento de Móstoles
Interesado: Nuestra Señora de los Santos, Sdad. Coop. Ltda.
(Actualmente Grupo Educativo Villa de Móstoles,
S.L.)
Procedimiento: Revisión de actos o resoluciones nulas
Localización: Finca 59, Polígono 12
Fecha iniciación: 4 de mayo de 2022
Examinado el procedimiento iniciado de oficio por providencia de inicio,
de fecha 4 de mayo de 2022, se han apreciado los hechos que figuran a
continuación:
Primero. - La Corporación Pleno en sesión celebrada el día 25 de octubre
de 2000, acordó
aprobar el Convenio de Permuta a suscribir entre el Ayuntamiento y
Nuestra Señora de los Santos, Sdad. Coop. Ltda. (Actualmente Grupo
Educativo Villa de Móstoles, S.L.).
Consecuencia de todo lo anterior 'Se firma el 25 de octubre de 2000,
Convenio de Permuta entre el Ayuntamiento de Móstoles y Nuestra
Señora de los Santos, Sdad. Coop. Ltda. (actualmente Grupo Educativo
Villa de Móstoles, S.L.), por el que ésta se comprometió a permutar las
fincas de su propiedad por un resto de la “Parcela 59'del Polígono 12
(inscrita en el Registro de la Propiedad n* 1 de Móstoles, Finca 14.071) y
delimitada entre el Colegio Villa de Móstoles y el Sistema General n* 1,
con una superficie de 1.769,8 rn*»
Segundo. - La Corporación Pleno en sesión celebrada el día 12 de julio
de 2022, acordó iniciar el procedimiento para la revisión de oficio del
AcuerdO 9/141 de la Corporación Pleno de fecha 25 de octubre de 2000,
por el que se aprueba el Convenio de Permuta a suscribir entre el
Ayuntamiento y Nuestra Señora de los Santos, Sdad. Coop. Ltda.
(Actualmente Grupo Educativo Villa de Móstoles, S.L.).
Asimismo, acuerda que una vez finalizado el plazo de alegaciones o
resueltas las mismas, se solicitara Dictamen de la Comisión Jurídica
Asesora de la Comunidad de Madrid.
Tercero. - Con-fecha 21 de octubre de 2022, registro de entrada 57018
tiene entrada Dictamen 649/22 emitido por la Comisión Jurídica Asesora,
en su reunión de 18 de octubre de 2022. El citado dictamen concluye que
No prócede la revisión objeto del expediente,
)
uarto. - Con fecha 27 de octubre de 2022, se emite informe jurídico por
el Letrado de la Sección de Proyectos con el V*BC del Secretario.
La valoración jurídica de los hechos expuestos es la siguiente:
Primero. - La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
regula en su artículo 62 (Art. 47 de la actual Ley 39/2015 de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas) la nulidad de los actos administrativos.
Pleno - 14/12/22
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