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Ayuntamiento de Móstoles
y judicialmente a quienes en su día trataron de atentar contra la
integridad territorial y el orden constitucional de España.
Se considera esencial que desde las Comunidades Autónomas y los
Ayuntamientos exista un pronunciamiento explícito manifestando el
rechazo a cualquier acción que suponga debilitar al Estado. Desde
estas instituciones que forman parte del Estado se debe llevar a cabo
una defensa a ultranza del principio de que todos somos iguales ante
la Ley.
Es necesario resaltar que, según los últimos datos demoscópicos
conocidos, menos de un 20% de la población española respalda al
ejecutivo en su decisión de rebajar las penas por el delito de sedición.
Incluso un 49% de quienes declaran haber respaldado en las urnas al
actual partido en el gobierno se muestran contrarios a dicha reforma.
España es una democracia estable y consolidada, pero no por ello
menos necesitada de instituciones fuertes. Por eso vemos con
preocupación la inercia del actual Gobierno a transigir con las
reclamaciones de sus socios parlamentarios. El anuncio de la reforma
del delito de sedición es solo una más de las concesiones, pero dada
la aritmética parlamentaria, no parece que vaya a ser la última.
Ante tales circunstancias, es tiempo de solicitar al Gobierno y a su
presidente que ejerzan lealmente las funciones que tienen
encomendadas, actúen en defensa del Estado y de sus instituciones
y, por tanto, que no cedan ante las pretensiones de quienes,
amparados en la ley, han hecho y hacen todo lo posible
menoscabarla.
Los intereses generales de la Nación y de los españoles deben
prevalecer siempre, incluso por encima de los intereses particulares
del gobierno o de quien-ostente su presidencia.
POR TODO-TO ANTERIORMENTE EXPUESTO, SE PROPONE A LA
CORPORACIÓN EN PLENO LA ADOPCION DE LOS SIGUIENTES
Instar al Presidente del Gobierno y al Gobierno de España a:
PRIMERO. — Retirar de manera inmediata la iniciativa parlamentaria
presentada y no llevar a cabo ninguna modificación del Código Penal
que suponga derogar el delito de sedición.
SEGUNDO. - Cumplir, acatar y respetar la Constitución española,
aprobada de forma mayoritaria por los españoles, en la que no tiene
cabida la sedición ni los referéndums ilegales, y, sobre todo, ratificar el
artículo 2 de la misma: “la Constitución se fundamenta en la
indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de
todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía
de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre
todas ellas”.
Pleno - 14/12/22
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