Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 24 de noviembre de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-11-24
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
44 con texto de 44
Huella sha256 del fichero
d854c4348dfe54828dfbb590a78f7d35ab4c3ff4e9d82e29a50d1ae061fc1581

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Esto dice el papel

sin escaneo guardado

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Esto hemos leído

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Para ello, establece un mecanismo de financiación que lleva aparejada una operación de endeudamiento a largo plazo y la obligación por parte de las entidades locales de aprobar un plan de ajuste, que debe responder a unos criterios básicos al objeto de garantizar la sostenibilidad financiera de la operación. Este plan de ajuste fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el día 30 de abril de 2012 quedando autorizada la concertación de la operación de endeudamiento. A lo largo de los años se han realizado diferentes modificaciones del Plan de Ajuste que aparecen detallas en los informes trimestrales. Segundo.- Una vez en funcionamiento este Plan, el artículo 10 del Real Decreto 7/2012 establece un sistema para evaluar el mismo, exigiendo a las Entidades Locales que concierten las operaciones de endeudamiento previstas en este Real Decreto-ley presentar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un informe del Interventor sobre la ejecución de los planes de ajuste. Tercero.- En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriormente mencionados, el Ayuntamiento de Móstoles, al encontrarse incluido en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales/y al haber concertado la operación de endeudamiento prevista en Real Decreto-ley 4/2012, debe presentar con periodicidad triméstral al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un infórme del Interventor sobre la ejecución del Plan. En el caso del yuntamiento de Móstoles, al tratarse de un municipio de gran población (Título X de la LRBRL), la función de control interno está separada de la de contabilidad y presupuestos, por lo que existe el órgano de contabilidad y presupuestos cuyo titular es quién emite el informe trimestralmente, sin perjuicio de que la Intervención pueda emitir informe sobre el Plan de ajuste cuando considere oportuno. Por otro lado, la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en su artículo 10, establece que antes del día 30 del primer mes siguiente a la finalización de cada trimestre deberá producirse el envío anterior. Cuarto.- Para dar cumplimiento a esta obligación se ha procedido a remitir la información a fecha de cierre este trimestre por la aplicación informática habilitada en la Oficina Virtual de Coordinación con las Entidades Locales. Por todo lo anterior se DA CUENTA al Pleno de: 1. Informe de la Dirección General de Presupuestos y Contabilidad de evaluación del Plan de Ajuste 2012-2027 (datos de cierre del tercer trimestre de 2022).? Pleno - 24/11/22 Pág. 16/44

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.