Auditoría ciudadana · Catálogo documental

Sesión de Pleno Ordinario del 24 de noviembre de 2022

Lo que dice el papel, al lado de lo que hemos leído

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Fuente
plenos
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Tipo
PLENO · PDF
Capturado
2026-07-22 08:44
Fecha del documento
2022-11-24
PSOE 2019–2023 · Noelia Posse Gómez
Cómo se leyó
reconocimiento óptico
Páginas
44 con texto de 44
Huella sha256 del fichero
d854c4348dfe54828dfbb590a78f7d35ab4c3ff4e9d82e29a50d1ae061fc1581

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Esto dice el papel

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Esto hemos leído

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Ayuntamiento de Móstoles perspectiva a través de la cual se interpreta el resto de la Convención: «Teniendo presente que, como se indica en la Declaración de los Derechos del Niño, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”». En consecuencia, este ayuntamiento quiere reafirmar su compromiso en la defensa de los derechos de los niños que en el momento actual están siendo vulnerados por leyes y políticas irracionales que, en vez de ampararles, ejercen una violencia contra ellos, En primer lugar, y como máximo exponente del derecho a la protección sería necesario reprobar y rechazar la legislación injusta representada por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que priva de la debida protección legal antes del nacimiento de los niños, vulnerando el derecho a la vida que la Constitución en su artículo 15 reconoce a todos. Igual rechazo y reprobación merecen las diversas leyes educativas, representadas por la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (8/1985), la Ley Orgánica de Educación (2/2006) y la Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica de Educación (3/2020), que atacan la inocencia de los niños y vulneran la libertad de enseñanza reconocida en el artículo 27 de la Constitución y que, conforme a la jurisprudencia constitucional, se halla en “interacción” con el derecho de los padres a elegir el tipo de formación moral que desean para sus hijos (STC 74/2018, de 5 de julio de 2018). Asimismo, reprobar y rechazar, por la grave desprotección que ocasiona a la infancia, la eventual promulgación del Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, por cuanto otorgará a menores de edad una su, aptitud para prestar un consentimiento viciado, con apariencia de derecho, para consumir fármacos, drogas oO as químicas con propiedades hormonales, así como permitirá sean objeto de procedimientos y prácticas intrusivas e invasivas, tales como esterilizaciones y cirugías que acarrearán la irreversible utilación genital femenina y masculina de menores, contrarias a bienes constitucionalmente protegidos como la dignidad de la persona que se halla íntimamente vinculada con el libre desarrollo de la personalidad y al derecho a la integridad física (arts. 10 y 15 de la Constitución). Del mismo modo, es preciso rechazar y reprobar las políticas y protocolos que dimanan de la así llamada Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (1/2004), que han desprotegido a los menores, privándoles de que sus padres y madres puedan ejercer legítimamente un régimen de custodia compartida en favor del interés superior del menor, y han propiciado situaciones de desigualdad e injusticia, hasta el punto de desamparar a menores ante casos de violencia en el ámbito doméstico. Es el caso de la niña Olivia, asesinada por su madre en Gijón, Asturias, en el contexto de una separación contenciosa. Pleno - 24/11/22 Pág. 41/44

Con qué se relaciona este documento

No se le ha podido atribuir ningún expediente ni empresa con garantías. Los vínculos que no se resuelven no se inventan.